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Renta 2016 con Dación en pago.

6 respuestas
Renta 2016 con Dación en pago.
Renta 2016 con Dación en pago.
#1

Renta 2016 con Dación en pago.

Hola, en Junio de 2016 firmé con el banco una dacion en pago, tengo dudas respecto a como hacer o modificar la declaracion de 2016, en que casilla se rellenan los datos de la dacion? Agaradeceria que alguien me acalarara este tema, gracias.

#2

Re: Renta 2016 con Dación en pago.

Buenas Ndv79,

La ganancia patrimonial originada en los deudores de contratos de préstamos o créditos garantizados con hipoteca inmobiliaria que se encuentran situados en el umbral de exclusión, con la dación en pago, está exanta a efectos de IRPF.

Tendrías que mirar si estás en este umbral. Si lo estás, no tienes que poner nada en el IRPF. Lo tienes bastante bien explicado en el siguiente artículo:  Fiscalidad de la dación en pago. Puedes completarlo con la página de la Agencia Tributaria sobre la tributación de la Dación en pago sobre la vivienda habitual.

En caso de no estar en ese umbral, te animo a que leas este hilo:  Dacion piso irpf, como declararlo

#3

Re: Renta 2016 con Dación en pago.

Gracias por contestar Lorena Romero!
En su dia solicite en el ayuntamiento, la exencion de pagar plusvalia por dacion en pago y quede exento. Entiendo que estoy en ese umbral, puesto que me aceptaron la dacion siendo vivienda habitual y se quedaron ellos el piso.
En cuanto a la ganancia o perdida patrimonial, en mi caso creo que es perdida, ya que fue mayor el valor de adquisicion al de la dacion. La duda es si estos datos estan incorporados en el borrador, si he de ponerlos yo, o simplemente no modificar nada.

#4

Re: Renta 2016 con Dación en pago.

Si no me equivoco, desde el último decreto, las daciones en pago están exentas de tributar por lo que no tendrías que indicar nada en la renta. En Hacienda solo dice lo siguiente (un poco ambiguo en mi opinión):

Dicha ganancia o pérdida  se integrará en la base imponible del ahorro, al derivarse de la transmisión de un inmueble por el contribuyente.

#5

Re: Renta 2016 con Dación en pago.

Te completo un poco la respuesta con el tema del Umbral para la exención del tributo en la dación en pago:

  1. Transmisión vivienda habitual por persona física (deudor hipotecario o garante)
  2. Dación en pago para cancelación deuda garantizada con hipoteca sobre la misma.
  3. Deudor, garante o miembro unidad familiar no disponga otros bienes o derechos suficientes para afrontar la deuda.
  4. Vivienda habitual: empadronado el contribuyente últimos dos años.
  5. Concepto de unidad familiar: Ley 35/2006, de 28 noviembre LIRPF.
#6

Re: Renta 2016 con Dación en pago.

He mirado el borrador por internet, en el apartado de ganancias o perdidas patrimoniales, me aparece como "pendiente".

#7

Re: Renta 2016 con Dación en pago.

En 2017 entregue la vivienda en dacion parcial , lo que significa que me quede con parte de dicho préstamo hipotecario. Aunque el préstamo hipotecario inicial se firmo en 2008 en 2013 se hizo novacion con ampliación y ahora en 2017 se entregó en dacion parcial quedandome sin casa y con deuda de 33000. Puedo deducir pagos en la renta no ?

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