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Deudas fallecimiento usufructuario

2 respuestas
Deudas fallecimiento usufructuario
Deudas fallecimiento usufructuario
#1

Deudas fallecimiento usufructuario

Buenos días:

Soy nuda propietaria y mi tío usufructuario de unas propiedades.

Mi tío no paga las facturas de la luz desde hace diez años debido a problemas que tuvieron todo el pueblo con la compañía eléctrica (llegaron a un acuerdo para pagar los retrasos cuando se resolviera el problema)

Mi pregunta es: si fallece mi tío ¿Quién debe pagar esos retrasos teniendo en cuenta que yo no voy a ser su heredera?

 

Saludos y gracias

#2

Re: Deudas fallecimiento usufructuario

Como simple consumidor preveo que puedes tener un par de problemas

El usufructo se extingue con el fallecimiento, según tengo entendido, por lo que nadie va a heredarlo. En cambio sí heredará las deudas, pero puede negarse a aceptarlas o simplemente seguir sin pagarlas.

Las cías suministradoras suelen actuar por la via de hecho y negarse a concertar nuevo contrato o cambio de titular de un mismo domicilio mientras tenga deudas pendientes de cobrar. No es legal pero así actúan muchas veces. Llevarlos a juicio si no se avienen a razones puede ser más caro que la deuda actual.Como propietaria

Puedes reclamar al heredero que pague las deudas y así todo solucionado, pero si no se aviene tendrías que discutir con la cía.

De forma preventiva, si hay buena relación con el usufructuario, podrías intentar acordar que hiciera un depósito a favor tuyo por el importe de la deuda. Así ni paga, manteniendo la presión sobre la cía ni te deja con un marrón, Siempre que tú respetes esa decisión y no se te ocurra pagar la deuda con el depósito en contra de la opinión del usufructuario, al menos mientras viva....

De todos modos si llevan 10 años sin pagar y sin que le corten el suministro, algo de razón debe llevar.

#3

Re: Deudas fallecimiento usufructuario

Sí, llevan razón, por eso llegaron a un acuerdo con la compañía y no van a pagar hasta que se solucione el problema. Pero a saber cuándo van a tener que pagar.

No hay manera de hacer entrar en razón a esta persona de que el día de mañana puedo tener un problema. No sale de "es un gasto mío y si me voy, se acabó la deuda". Así pues, no tengo manera preventiva a la que acogerme.

Muchas gracias por la información.