Los administradores no pueden "firmar" gastos extraordinarios, el presidente sí podría. En la Ley de Propiedad Horizontal vienen claras las responsabilidades de cada puesto, administrador habitualmente es secretario-administrador. Normalmente los administradores van a gestionar todo lo referente con los suministros y mantenimiento de la comunidad. En tu ejemplo, los propietarios tampoco somos niños de primaria, si sabemos que se ha estropeado el portero electrónico y tenemos el número de la compañía responsable del mantenimiento, con llamar y comentar la incidencia será suficiente. La compañía dará el parte al administrador para gestionar los costes de la reparación que sean necesarios, y éste los derivará al presidente para aprobarlos. Todo lo que no entre dentro de las cuestiones acordadas con el administrador, como, por ejemplo, el gestionar la realización de obras, tendrá que llevarlo a cabo la propia comunidad de propietarios, en este caso el presidente o el propietario en el que recaiga la responsabilidada (esto se suele aprobar junto con el gasto de la obra y la selección del contratista). Si encontrais un administrador "bueno" seguramente él se encargue de las gestiones relacionadas con las obras que realicéis, una vez que se apruebe el presupuesto en junta, para que lso propietarios estéis contentos con él y no se os ocurra cambiarlo cuando el vecino de 3º diga que su cuñado, que tiene el grado de económicas, lo hace por la mitad.