Buenos días mayoral1971,
Efectivamente si has hehco una dación en pago de tu vivienda y en hacienda te han cobrado porque consideranque se trata de una ganancia patrimonial deberías reclamar, pues desde el 1 de enero de 2014 esta exentos de IRPF las ganancias patrimoniales que provengan de las siguientes circunstancias:
- Que se ponga de manifiesto con ocasión de la transmisión de la vivienda habitual del deudor o del garante del deudor.
- Que la transmisión de la vivienda se realice por dación en pago o en ejecuciones hipotecarias judiciales o notariales.
- Que su finalidad sea la cancelación de deudas garantizadas con hipoteca que recaiga sobre dicha vivienda habitual, contraídas con entidades de crédito o cualquier otra entidad que, de manera profesional, realice la actividad de concesión de préstamos o créditos hipotecarios.
- En todo caso será necesario que el propietario de la vivienda habitual no disponga de otros bienes o derechos en cuantía suficiente para satisfacer la totalidad de la deuda y evitar la enajenación de la vivienda.
Si tu situación es alguna de estas cuatro, reclama. Pero antes informate de donde ha sacado hacienda estos 3.000 euros que te cobra, por si no fuera de la ganancia patrimonial.