Buenos días Cartagenero,
Intentaré resolverte algunas dudas, aunque he de renunciar que no soy experta y algunas de las preguntas que planteas no las puedo resolver.
Tengo entendido que no es necesario que aparezca en la nota simple las ayudas que se han percibido, en general, no se si en las VPO es lo mismo o si que son exigibles.
La descalificación en principio la tiene que hacer el propietario de la vivienda, excepto en el caso en que se compre directamente al promotor.
En cuanto a la cancelación de la afección fiscal, no entiendo a qué te refieres.
Siento no poder ayudarte más, aunque seguramente otros foreros podrán resolvernos las dudas.
Saludos