Re: ¿Certificado registral o nota simple?
Imagino que no supondrá un coste añadido pedir la minuta, aunque no se que pensar, porque los notarios cobran casi hasta por respirar.
Gracias.
Imagino que no supondrá un coste añadido pedir la minuta, aunque no se que pensar, porque los notarios cobran casi hasta por respirar.
Gracias.
No, no es un coste añadido, las tarifas notariales estan reguladas por el colegio notarial de la comunidad autonoma, si ejerces este derecho no deben cobrar, bueno supongo que el coste de la fotocopia si pueden, pero creo que ni eso.
Sabes porque te indico que el notariado es un colectivo muy serio y fiable, pues porque se ganan muy bien la vida, y esto es una garantía en mi opinión de que no se meten en historias raras, ni “manganeos” no digo porque tenga un hijo notario, que más quisiera, bueno tampoco tienen edad para haber llegado ahí.
Completamente de acuerdo con todo lo dicho hasta ahora, pero yo añadiría una ventaja de la certificación registral frente a la nota simple: A veces ocurre que lo que necesitas es información que vaya más allá de la titularidad y las cargas vigentes, por ejemplo, puedes necesitar leer todos los datos importantes sobre una hipoteca, o sobre una condición resolutoria. Antes no había problema, pero las actuales notas simples no sirven porque al informatizarlas las resumieron en exceso.
Para esos casos se puede pedir una certificación registral que incluya el historial de la finca, explicando claramente lo que debe contener. Entonces te dan la certificación y le añaden las fotocopias de los que haya en vigor en los libros.
Y además cuando emiten la certificación el registrador "limpia" las anotaciones caducadas, como por ejemplo las afecciones fiscales prescritas, si lo hubiere algún embargo caducado, es cierto, aunque creo y corrígeme si me equivoco el “circuito notarial de información continuada” ya prevé esto ¿no?
Bueno, tienes razón, pero yo me he encontrado incluso certificaciones registrales que no habían eliminado hipotecas recientemente caducadas y que sin embargo, al preguntarle al registrador, éste sí estaba de acuerdo en que ya estaban caducadas. Entonces... ¿por qué las seguía incluyendo en la relación de cargas? Simplemente se le pasó.
Hola Xavier,
Entre hoy y mañana solicitaré el borrador al notario para leermelo bien con calma. Lo que no tengo claro es si lo que me ha de entregar como borrador es la copia de la escritura y de la hipoteca o sólo de la escritura, en cuyo caso imagino que el borrador de la hipoteca se la podría pedir al banco. Es que quiero leerme bien con calma todo lo que voy a firmar, y si tengo alguna duda llevarlo ya todo apuntado para preguntar y corregir si fuera preciso.
Gracias,
Saludos.
En teoría es exactamente lo que firmaras, impreso en folio en blanco en lugar de papel oficial de notaria. Te recomendaría un rotulador fluorescente para marcar, y no dejes de preguntar al notario las aclaraciones que precises, seguro que responderá con claridad a lo que estimes por conveniente y olvídate de si quedaré como pesado o como ignorante (además no lo creo), aun a riesgo de preguntar cosas que uno cree saber, el lenguaje jurídico a veces puede llevar a confusiones para lo no juristas como yo y creo que tú.
Me voy a ver la segunda parte, porque de momento vamos bien …. mientras no se escape el Cristiano ese, que se escapa demasiado a menudo, joder es bueno el cabroncete este.