Re: Ejecución de vivienda por no cancelar el constructor su hipoteca
Te estoy escribiendo por privado de nuevo.
Te estoy escribiendo por privado de nuevo.
Me estais acojonando por momentos. Yo creia que comprando con hipoteca, el propio Banco que da la nueva hipoteca (por su propio bien) se encargaba de cancelar la antigua y que el dinero que en realidad el banco te presta nunca pasaba por tus manos ni por la del vendedor, si no que se dedicaba a pagar la antigua hipoteca y el sobrante iba para el vendedor.
Decidme que no me equivoco porque estoy en medio de algo así ahora mismo y no hago más que dar vueltas a la posibilidad de que el dinero que yo pongo y mi banco pone (mi hipoteca) no se destine a pagar la antigua hipoteca del vendedor y tenga una carga que no me corresponde.
Eso tiene fácil solución: vete al registro de la propiedad de donde vayas a comprar la finca y pide una nota simple de la finca en cuestión, allí verás cual es el estado de la finca y podrás prevenir estos problemas.
En el comentario 4:
El notario dice en las escrituras que telematicamente no puede ver el estado de la carga y que se lava las manosEn ese momento y bajo mi punto de vista, es cuando se debería haber desistido en la compra hasta comprobar en el Registro de la Propiedad la situación del inmueble en cuanto a cargas. Saludos.
Era primera hipoteca yo no tenia ni idea. Lo mas normal es que bien el notario o el de mi banco nos hubiera dicho si sigues para adelante puede pasar esto que me esta pasando o incluso mi banco tenia que haber dicho no te doy los talones.
Bajo mi punto de vista el que tiene más responsabilidad de todos los que acudisteis al acto notarial de la compraventa es la constructora que te vendió el piso, al afirmar que estaba libre de cargas y por tanto estaba engañando de una forma consciente.
Por lo que ha ocurrido, es evidente que todos los demás pudieron o pudisteis hacer algo más para no llegar a la situación a día de hoy. Pero insisto que la mayor responsabilidad recae sobre la constructora.
Saludos.
Hay jurisprudencia del Tribunal Supremo que hace al notario responsable completo, en un caso muy parecido al tuyo: una compraventa en que el notario no puede conocer la existencia de una carga. El Tribunal Supremo condenó al notario a pagar toda la carga
http://hayderecho.com/2014/05/05/cornudos-y-apaleados-hacia-la-responsabilidad-profesional-objetiva/
No te lamemtes de tu desconocimiento en esta materia; el incumplidor es el promotor/constructor de la vivienda que no cancelo la carga que constaria en la nota simple el dia de la firma de la escitura.
La Entidad bancaria si queda impagada la operacion que concedio sobre el activo (tu vivienda) va a instar el procedimiento ejecutorio para reclamarla, llevando a subasta publica la viviendas para saldarla.
Cuando tienes conocimiento de este hecho esta muy avanzado el procedimiento y tienes pocas alterntativas en la practica para defendar la propiedad, si esta cuestion te interesa; siempre puedes tirar la toalla, dejando proseguir la ejecucion.
1) Una es reclamar al promotor/constructor que la asuma y la cancele (cuestion me temo imposible en la realidad ya que si el banco ha iniciado el procediento es porque no ha podido ser atendido por la empresa o avalistas).
2)Tragarte sapos y culebras negociando con la Entidad acreedora para subrogarte en la deuda.Esta opcion ,(ya se que es muy "heavy" y mas de uno dira que es una barbaridad, es la que mas te conviene, ya que es mejor "un mal acuerdo que una buena sentencia".
A la Entidad le importara un bledo (hasta cierto punto) que le justifiques que le pagastes al promotor lo acordado por la compraventa, te convinara a que dirimes esta contraversia en sede judicial ya que ello tienes inscrito su carga hipoteria en el Registro de la Propiedad y sigue vigente. Esta en su derecho en reclamar la deuda y en sacar la vivienda en subasta publica aunque exista un perjudicado/estafado (tu) en este caso.
Si optas por ir por los tribunales, puede tener tantas otras posibles salidas (dependiendo de la argumentacion de tu letrao y del juez en que recaia el asunto) pero si no se atiende la deuda,lo habitual es que la soluccion sea que el banco saca a subasta el bien adjudicandoselo o cobrando si hay algun postor (subastero o incluso tu).
¡¡Animo¡¡