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¿Puede un jubliado de 68 años contratar un Plan de pensiones?

6 respuestas
¿Puede un jubliado de 68 años contratar un Plan de pensiones?
¿Puede un jubliado de 68 años contratar un Plan de pensiones?
#1

¿Puede un jubliado de 68 años contratar un Plan de pensiones?

A mi suegro, jubilado de 68 años, en su oficina de la Caixa, le han ofrecido el "PlanCaixa Ambición". Los de la Caixa le han dicho en repetidas ocasiones estando incluso mi hermana delante, que lo puede rescatar cuando quiera. ¿esto es así?

Me hace dudar mucho porque he encontrado este artículo:

http://blogs.cincodias.com/inversion/2008/11/puedo-suscribir.html

Creo entender que las aportaciones solo podrían rescatarse en caso de fallecimiento o bien en caso de dependencia, al estar ya jubilado.
El pretende suscribir el plan de pensiones con 17.000 euros y utilizarlo como si fuera un producto de ahorro. Esos 17.000 se consideraría una aportación, ¿no? aunque fuera única, pues no piensa hacer más aportaciones. Entiendo que esos 17.000 jamás los podría recuperar salvo que falleciera o bien se encontrara en un caso de dependencia, ¿lo entiendo bien? Quiero asegurarme.

Muchas gracias por vuestra atención.

#2

Re: ¿Puede un jubliado de 68 años contratar un Plan de pensiones?

No hemos aprendido nada, eso huele a bonos Santander, preferentes..........¿ el tiene su plan de pensiones o su pensión no? no crees que es algo mayor para un plan de pensiones y no será un plan de ahorro PIAS, si es esto cuidado creo que era 10 años o mas y el tiene 68 años me sigues, no.

Venga que tengas suertes y salga todo bien pero recuerda le banco no es tu amigo.

#3

Re: ¿Puede un jubliado de 68 años contratar un Plan de pensiones?

Es un plan de pensiones. Gracias por contestar.

#4

Re: ¿Puede un jubliado de 68 años contratar un Plan de pensiones?

Un plan de pensiones no te va a aportar nada,con respecto a un fondo, mas que la posible deducción en el IRPF de la pensión(rendimientos del trajo), si la disfrutas. El rescate del plan tiene unas condiciones(ojo!!!) que el fondo no. Busca un fondo a tu medida y que no te líen, aunque ese sea el trabajo del "amigo" del banco.
Saludos,

#5

Re: ¿Puede un jubliado de 68 años contratar un Plan de pensiones?

Un jubilado puede contratar un Plan de Pensiones sin restricciones. La única limitación sería si ha sido titular ya alguna vez de un Plan y ya lo ha rescatado, porque en esta situación, efectivamente, sólo podría rescatar las nuevas aportaciones en caso de enfermedad, dependencia o fallecimiento, lo que, con los datos que proporcionas, no parece ser el caso.

Otra cosa es que le interese desde el punto de vista fiscal. Entiendo que no tiene necesidad inmediata de estos fondos ni de sus intereses, sino que únicamente lo utilizaría en caso de dependencia o para crear un patrimonio y dejarlo en herencia. En este caso debe valorar si el instrumento que le interesa es en Plan de Pensiones o un Fondo de Inversión.

A favor del Plan de Pensiones está :

- De momento, le desgrava en la declaración de la renta hasta en 8000 Eur anuales, lo que es interesante si cobra una pensión alta, ya que puede desgravarse hasta un 30% de lo que aporte. Si fuera así, debería constituir el Plan repartido en 2-3 años diferentes (hasta 8000 Eur cada año). Es más, legalmente no se puede aportar al año a un Plan de Pensiones más de este límite.
- El Plan de Pensiones no paga impuesto de Sucesiones. Sus herederos pagarán IRPF por su tipo marginal cuando lo rescaten, lo que pueden hacer cuando les parezca ( y no necesariamente inmediatamente después del fallecimiento del titular ni necesariamente todo de golpe).

A favor del Fondo de Inversión :

- Si no tiene intención de rescatarlo, las plusvalías se irán acumulando sin pagar impuestos, y, en el momento del fallecimiento, no pagará impuestos sobre las plusvalías (fenómeno fiscal absurdo pero que beneficia a los Fondos, conocido como "Plusvalía del muerto").Sí que pagará impuesto de Sucesiones sobre el valor acumulado de la inversión.

- Si tu suegro rescatara el Plan de Pensiones de golpe en un mismo año (los 17.000 Eur), no le sería fiscalmente favorable, ya que se le acumularía a los ingresos generales de un año y el tipo marginal del IRPF se le dispararía. Imagínate que mete los 17.000 Eur y los rescata de golpe el año siguiente : cuando aportara desgravaría como mucho un 30% , y al año siguiente pagaría entre un 30% y un 37% de 17.000 Eur. Un negocio ruinoso.

Por tanto debéis valorar todo esto. La regla general es que cuanto más potencial económico tenga tu suegro y menos potencial tengan los herederos, más interesa un Plan de Pensiones. Rescatar un Plan de Pensiones tributa siempre en la base general del IRPF del beneficiario : por tanto debes asegurarte como mínimo que al constituirlo te desgravas todo lo posible.

Un último comentario, independiente de todo lo anterior : El plan que os propone la Caixa, basado en Renta Fija euro a largo plazo, ha funcionado muy bien en los últimos años, pero tiene todas las de perder en los próximos años, cuando los intereses vuelvan a subir. Un Plan o Fondo de Renta Fija no es como un depósito, sino que sus rendimientos dependen de los vaivenes del mercado.

No os creáis todo lo que os recomiende la Caixa, ya que van a la suya, y seguid las recomendaciones de expertos independientes, de los que hay muchos y muy buenos en este foro. Si el elemento de La Caixa no os ha hecho todas estas consideraciones fiscales que os estoy haciendo, es para no volver allí, ya que en el mejor de los casos es un inepto.

#6

Re: ¿Puede un jubliado de 68 años contratar un Plan de pensiones?

Los planes de pensiones es mejor que se vayan rescatando mensualmente en forma de renta.

#7

Re: ¿Puede un jubliado de 68 años contratar un Plan de pensiones?

Hasta donde yo sé si un jubilado abre un plan de pensiones no puede rescatarlo, lo tendran que heredar los herederos legales, pero no el jubilado