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Nueva Fiscalidad de FI

92 respuestas
Nueva Fiscalidad de FI
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Nueva Fiscalidad de FI
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#49

Re: Nueva Fiscalidad de FI

Una pregunta, que tal vez sea bastante sencilla u obvia, pero todavía me queda aprender bastante en esto de la fiscalidad, a ver si me podéis dar algo de luz...
En estos ultimos 4 años, tengo una pérdida latente, en mi declaracion de Renta en cuanto al tema de venta de acciones y CFDs.Este año tengo bastante ganancia en cuanto a venta de acciones, pero por otra parte,tengo un par de fondos de Renta Fija, que me quiero quitar porque no les veo mucho recorrrido.
En ellos tengo algo de pérdida,y los tengo contratados por R4.En lugar de traspasarlos directamente, del fondo antiguo al nuevo que quiero abrir, me imagino que es mejor,fiscalmente hablando, cerrar el antiguo, para declarar las pérdidas, y una vez cerrado, constituir el nuevo, no ?
Gracias a todos de antemano ...

#50

Re: Nueva Fiscalidad de FI

Correcto

SIGUE ESTANDO PROHIBIDO PUBLICITAR CÓDIGOS EN LAS FIRMAS

#51

Re: Nueva Fiscalidad de FI

Joer, Vaya Correcto más escueto.
Esto quiere decir que siempre que queramos traspasar un fondo que tenemos en perdidas, debemos de cerrarlo y luego traspasarlo a nuestro fondo destino ?
Gracias de antemano, berebere

#52

Re: Nueva Fiscalidad de FI

genial, muchas gracias. ahora lo entendi lo del doble monedero.
respecto lo de compensar perdidas me queda una duda. si gano 100 euros con la venta de un fondo y pierdo 100 euros por la venta de otro no le tengo que pagar nada a hacienda? correcto? sin embargo si gano 200 por vender y pierdo 100 tendria que pagar 21 euros?muchas gracias

#53

Re: Nueva Fiscalidad de FI

Despues de este truco, podría volver a comprar el fondo original o cualquiera de los 2 monetarios en menos de 2 meses?

Gracias!

#54

Re: Nueva Fiscalidad de FI

Sí, pero entiendo que también hay que tener en cuenta cuanto tiempo se han tenido los fondos o las acciones, ya que aquellas que se han tenido más de un año se podrán compensar entre sí, y las de menos de un año, entre sí igualmente, pero no puedes compensar unas pérdidas de un producto que has tenido menos de un año con ganancias de un producto que has tenido más de un año.

#55

Re: Nueva Fiscalidad de FI

Sí, siempre que los dos fondos pertenezcan al mismo límite temporal, es decir, los dos los has tenido menos de un año, o los dos los has tenido más de un año.

Un saludo,

#56

Re: Nueva Fiscalidad de FI

Gracias por tu respuesta Almaxx.
Ya me he ido enterando un poco de como va lo de la fiscalidad.
Para los que residimos en Vizcaya,no existe esa condicion de si los fondos liquidados tienen un año de antiguedad o menos.Tributan igual con 1 dia de antigüedad, que con 5 años .