Uno de los requisitos que te pone la Comunidad cuando te da el título de familia numerosa es que, si cambia tu situación familiar, tienes 30 días para comunicarlo. Así que, si tú situación ha cambiado porque ya no estás casado, tu título no vale. Y, en IRPF, tienen derecho a la deducción quienes tienen un título válido (que no es tu caso) y quienes cumplen los requisitos (que parece que tampoco es tu caso, porque uno de ellos es tener derecho al mínimo por descendientes y, si tú tienes que pagar anualidades, es que no lo tienes porque no ostentas la guardia y custodia sobre tus descendientes).