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Bitcoin y criptomonedas en el IRPF 2025

4 respuestas
Bitcoin y criptomonedas en el IRPF 2025
Bitcoin y criptomonedas en el IRPF 2025
#1

Bitcoin y criptomonedas en el IRPF 2025

 
Hola a todos, 

Soy José María Gentil Girón, Inspector de Hacienda del Estado y formador especializado en tributación. En los últimos años he trabajado con muchos casos relacionados con criptomonedas y su tratamiento en el IRPF, un tema que genera bastantes dudas incluso entre profesionales. 

He querido reunir los criterios y ejemplos más relevantes en un manual práctico que publico el 20 de noviembre, titulado “Bitcoin y Criptoactivos en el IRPF”. El libro aborda, con ejemplos reales, cuestiones como: 

  • Cuándo puede declararse una pérdida patrimonial por estafa o insolvencia.
  • Cómo se calculan las ganancias y pérdidas en permutas entre criptoactivos.
  • El impacto del modelo 721 y la nueva normativa europea MiCA.
  • Criterios de valoración, imputación temporal y documentación exigible.

Abro este hilo para resolver dudas o intercambiar opiniones sobre fiscalidad de criptoactivos en el IRPF. Si queréis, puedo ir comentando aquí casos prácticos reales (sin spoilers del libro 😉) o aclarar cuestiones normativas recientes. 

Un saludo a todos.

JMG

#2

Re: Bitcoin y criptomonedas en el IRPF 2025

 

La fiscalidad del Bitcoin en España está rota. Esta es la propuesta para arreglarla.


Hacienda sigue aplicando a Bitcoin el método FIFO, como si fuera una acción o un “valor homogéneo”.

Pero Bitcoin no funciona así, y el FIFO genera ganancias artificiales y castiga por igual el ahorro, el trading y el uso monetario. El problema es tan evidente que incluso una sentencia reciente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha cuestionado esta interpretación: las criptomonedas no encajan en la categoría de valores homogéneos que exige la ley.

¿Dónde está entonces el fallo? En primer lugar en que se ha tratado de introducir la fiscalidad de criptoactivos en moldes jurídicos no pensados para ellos. Y en términos más generales, posiblemente, en que nos e ha entendido la naturaleza del mismo.

En un artículo que he publicado recientemente, proponemos un sistema de tributación eficiente y neutral que distinga entre Bitcoin y el resto de criptoactivos, porque no son lo mismo.

Bitcoin tiene emisión limitada, seguridad extrema, descentralización real, adopción institucional y una doble función: divisa + reserva de valor.

Ningún otro criptoactivo comparte este perfil. Por eso proponemos diferenciar su tratamiento fiscal del de las altcoins y crear un régimen especial voluntario para Bitcoin. La idea es sencilla:

Permitir que cada contribuyente separe sus BTC en distintas carteras o “bolsas” según el uso:

• Ahorro
• Trading
• Uso monetario Dentro de cada cartera se podría aplicar FIFO o precio medio ponderado, pero si se transfieren BTC entre carteras habría que actualizar el valor.

Esto elimina el incentivo a hacer movimientos meramente fiscales y permite un sistema neutral y controlable. El resultado:

• El uso monetario de Bitcoin deja de ser fiscalmente suicida.
• El ahorro DCA no queda penalizado.
• La Administración tiene un sistema más verificable.
• Se reduce la deslocalización y aumenta la recaudación efectiva.
• Se trata igual a los ahorros en BTC y a los ahorros en oro o inmuebles. Para el resto de criptoactivos —que no tienen la naturaleza monetaria de Bitcoin— sí tendría sentido regularlos expresamente como valores homogéneos y aplicar FIFO con claridad legal.

En definitiva, o adaptamos la fiscalidad a la realidad económica de Bitcoin… o Bitcoin obligará a adaptarla a base de autocustodia, deslocalización y fuga de capital. Aquí puedes leer el artículo completo, con todos los detalles técnicos y jurídicos:

  Líneas generales para la tributación directa de las ganancias y pérdidas patrimoniales por venta de criptoactivos – Asociación Inspectores de Hacienda  

Si el tema te interesa, estaré encantado de debatirlo en comentarios. 
#3

Re: Bitcoin y criptomonedas en el IRPF 2025

El bitcóin es un activo especulativo como todos los demás. Dicho de otro modo, es una apuesta para obtener un beneficio, pero con el riesgo de perder lo invertido.
No hay institución ni organismo oficial que le atribuya las "funciones" que señalas.
#4

Re: Bitcoin y criptomonedas en el IRPF 2025