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Consulta Modelo 720 (Cuenta en el extranjero cerrada)

9 respuestas
Consulta Modelo 720 (Cuenta en el extranjero cerrada)
Consulta Modelo 720 (Cuenta en el extranjero cerrada)

CÓDIGO AMIGO

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#1

Consulta Modelo 720 (Cuenta en el extranjero cerrada)

A 31/12 /24 tenía +50K en una cuenta extranjera (broker), que presenté en el 720 de este año; saqué todo a lo largo de 2025, luego a 31/12/25 estará en 0, la consulta es: ¿debo hacer el modelo 720 recuperando la info de estas cuentas e informando del saldo a 0 el 31/12/25? Gracias
#2

Re: Consulta Modelo 720 (Cuenta en el extranjero cerrada)

Tienes que informarla como cancelada con su fecha y con los datos adicionales que te solicite.

Creo que te pedirá saldo a fecha de cancelación. Que si es una cuenta corriente, será cero.

Un saludo.
#3

Re: Consulta Modelo 720 (Cuenta en el extranjero cerrada)

En mi opinión:
Solo habría obligación de presentar el 720 si se produjese una cancelación formal de la cuenta en el año. El hecho de que el saldo disminuya, incluso a cero, no es razón para que se produzca una nueva obligación de volver a presentarlo. Las acciones vendidas de la cuenta del broker, si las hubo, si producen obligación dado que fue una cancelación de dicho activo. Salvo mejor opinión. 


#4

Re: Consulta Modelo 720 (Cuenta en el extranjero cerrada)

Soy de tu misma opinión. He dado por hecho que la cuenta se ha cancelado.

Si no se cancela, no hay que informar.

Un saludo.
#5

Re: Consulta Modelo 720 (Cuenta en el extranjero cerrada)

Gracias compañeros, el caso es que es una cuenta en un broker, luego a efectos fiscales: ¿deberia cerrar mi cuenta en el broker para que conste como "cancelada"; de ser así, hay que informar de la fecha de cancelación/cierre de la cuenta?
#6

Re: Consulta Modelo 720 (Cuenta en el extranjero cerrada)

Cuando la canceles, sí que debes informar. 

Si la dejas sin saldo, lo único que va a figurar en hacienda es que tienes una cuenta en el extranjero que diste de alta en su día pero que no debes informar anualmente por no tener movimientos.

Un saludo.


#8

Re: Consulta Modelo 720 (Cuenta en el extranjero cerrada)

Gracias compañeros,

En otro sentido, si tengo acciones con valor +50K que ya declaré en el 720 en el 2025, y al año siguiente tengo +20k de incremento en el total del valor en acciones: ¿entiendo que debo actualizar todos los registros/acciones, es decir, cargar el .csv generado el año anterior, y dar de ALTA los nuevos valores incorporados (con fecha de compra), CANCELAR aquellos que no siguen (informando fecha de venta) y MODIFICAR aquellos valores que continúan en cartera, pero actualizando el valor € a fecha 31/12, es así?

 
#9

Re: Consulta Modelo 720 (Cuenta en el extranjero cerrada)

El 720 es probablemente la declaración más oscura de todas las que debe realizar una persona física. Dicho esto:
Si has tenido 20K de incremento surge de nuevo la declaración de declarar. ¿Qué?
  • Aquellas acciones que has comprado.
  • Acciones que ya tenías y que han subido de valor declarándolas a su nuevo valor. 
  • Acciones que vendiste en el año, excepto si el montante total de las acciones vendidas lo reinvertiste de nuevo en una nuevas acciones. En ese caso basta declarar los saldos a 31 de diciembre. 
Creo que no me dejo nada. 
#10

Re: Consulta Modelo 720 (Cuenta en el extranjero cerrada)

Gracias por esto.

No, las acciones vendidas no las he reinvertido, luego entiendo que deberia informar de la CANCELACIÓN de dicha accion, marcando el valor 0 ¿e informando de la fecha de venta?

Dicho esto, entiendo que para no tener que volver a introducir todos los registros/acciones nuevamente, puedo recuperar/cargar el .csv generado en el modelo 720 del año anterior, y trabajar/modificar sobre los registros ya creados?

La verdad que sí, son más de 500 registros y hacerlo a manopla cada año da una pereza enorme, si conocéis de algún buen gestor/asesor fiscal especializado en esto lo agradecería
#11

Re: Consulta Modelo 720 (Cuenta en el extranjero cerrada)

Si y si. Recuerda que solo tienes que notificar la cancelación de aquellas que fueron declaradas.  Si es compra y venta en el año, por ejemplo, nada que declarar. La última no, no conozco a nadie, lo siento.