Hola a todos , mi nombre es David y me surgen varias dudas sobre este tema , resulta que para que sea vivienda habitual es necesario residir en ella por un periodo inenterrumpido de al menos 3 años con algunas excepciones , como el fallecimiento del contribuyente , celebracion de matrimonio , separacion , traslado laboral , obtencion del primer empleo o cambio de empleo, pues bien mi caso es que compre una vivienda en 2015 que vendi en 2018 a falta de un mes para cumplir los tres años , el caso es que en junio de 2016 tambien cambie de empleo ya que me despidieron del anterior , ya se que hay cierto tiempo de diferencia entre el cambio de empleo y la venta , pero como todos sabemos un piso tarda en venderse , entonces que es lo que tiene encuenta hacienda para valorar este tipo de situaciones?? Ya se que el hilo es un poco antiguo pero estamos en epoca de declaraciones y si algun experto pudiera contestarme , muchas gracias de antemano y saludos a todos .