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Subvenciones para rehabilitación energética Real Decreto 477/2021 de 29 de junio

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Subvenciones para rehabilitación energética Real Decreto 477/2021 de 29 de junio
Subvenciones para rehabilitación energética Real Decreto 477/2021 de 29 de junio
#1

Subvenciones para rehabilitación energética Real Decreto 477/2021 de 29 de junio

 
Buenas tardes, en 2024 he recibido a mi nombre 2 subvenciones por instalar placas fotovoltaicas y sistema de aerotermia. En las resoluciones de concesión de ambas subvenciones, se hace referencia al Real Decreto 477/2021, de 29 de junio (...) de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicado en el BOE núm. 155, de 30 de junio de 2021. 
 
En el manual del IRPF de este año, concretamente en el capítulo 11 sobre "Ganancias y Pérdidas patrimoniales que no se integran en la base imponible del IRPF", constan estas Subvenciones y ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios (apartado I) como Ganancias patrimoniales exentas
 
Querría, por favor, que me confirmaran que no tengo que incluir estas subvenciones al hacer la declaración de este año. Es que como en un sitio pone que no se integran en la base imponible y en otro pone que están exentas, me surge la duda. Los importes recibidos no aparecen en los datos fiscales de la AEAT. 
 
Quedo a la espera de su aclaración. 
Muchas gracias y un cordial saludo, 
#2

Re: Subvenciones para rehabilitación energética Real Decreto 477/2021 de 29 de junio

He seguido informándome y me han hecho llegar la consulta vinculante V2205-22 de la Dirección General de Tributos, que confirma la exención. El link es https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/?num_consulta=V2205-22
Concretamente en el penúltimo párrafo indica:
"En el caso objeto de consulta, el contribuyente pretende instalar unas placas fotovoltaicas en su vivienda y para ello va a solicitar una subvención al amparo del Real Decreto 477/2021. Conforme a la disposición adicional 5ª de la LIRPF, al tratarse de una ayuda concedida en virtud del citado Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, ésta no se integrará en la base imponible del IRPF del consultante."
Un saludo.