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Duda declaración RENTA. Ascendente a tu cargo pero...

4 respuestas
Duda declaración RENTA. Ascendente a tu cargo pero...
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Duda declaración RENTA. Ascendente a tu cargo pero...
#1

Duda declaración RENTA. Ascendente a tu cargo pero...

Buenas.

Mi madre, de 88 años, hace 5 que apenas se puede mover porque tuvo un ictus, tiene una minusvalía del 75%.
Algunas semanas las pasa en mi casa, otras está en su casa pero yo voy a cuidarla y/o mando a una cuidadora y/o la cuidaba mi hermana (pero mi hermana falleció hace 4 meses).

En definitiva, que hace dos años me declararon oficialmente su cuidador. 
Y en la declaración de la Renta del 2023 la puse como ascendiente a mi cargo.

Pero luego he leído que para eso es necesario que esté empadronada en el mismo piso que yo.
¿Eso es así? ¿O simplemente si la asistencia social dice que soy el cuidador ya vale?
Entonces no sé si en la declaración de este año debería eliminar eso de que soy su cuidador, no quiero que hacienda me multe.
#2

Re: Duda declaración RENTA. Ascendente a tu cargo pero...

Para tener derecho a incluir a tu madre en tu renta, tiene que convivir contigo al menos 6 meses del año. No es necesario el empadronamiento si puedes demostrar la convivencia con otros datos: domicilio fiscal, domicilio a efectos de Seguridad Social, lugar al que acuden los servicios sociales, etc. En tu caso, por lo que dices, no existe una convivencia real y efectiva, con visos de permanencia. 
#3

Re: Duda declaración RENTA. Ascendente a tu cargo pero...

¿Entonces me recomiendas no incluirla en mi declaración de la RENTA?

En mi DNI por ejemplo tengo la dirección de mi madre.
Pero Hacienda tiene otra dirección.
#4

Re: Duda declaración RENTA. Ascendente a tu cargo pero...

No me atrevo a recomendarte nada, sólo puedo decirte lo que dice la Ley. Es algo que debes valorar tú; entiendo que la diferencia económica es grande, y que eres quien se ocupa de ella, pero no convivís...
#5

Re: Duda declaración RENTA. Ascendente a tu cargo pero...

En el caso de ascendientes a cargo, prima la convivencia con ellos antes de si haces de cuidador de verdad o no, o lo pagues o no; no es que sea del todo justo, pero es así.
Así que, depende de ti, si vive o no vive contigo mas de la mitad del año, y si puedes o no justificarlo

Un saludo