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Indemnizacion en vuelo cancelado
Buenas, mi mujer y yo acabamos de cobrar una cantidad de una aerolinea por un vuelo cancelado en 2023, después de un largo proceso de reclamación. Hemos cobrado 400 euros por pasajero en concepto de indemnización, y unos 600 euros (entre los 2) en concepto de reembolso por los gastos justificados que sufrimos (noche de hotel, comprar otro vuelo, tickets de metro, de comida, etc). Tanto los conceptos de indeminización como de reembolso de gastos están explicitados en la Ley.
Tendremos que tributar en la Renta de 2025 la ganancia patrimonial? en principio por lo que he visto yo parece que sí, pero mis dudas son
- La ganancia patrimonial son solo los 400 de indemnización, o también los 300 por pasajero en concepto de gastos? Entiendo que los gastos son, eso, gastos, y no tributarían no?
- Esto nos saldrá ya en los datos fiscales? No sé si la aerolinea informa a Hacienda....
Tendremos que tributar en la Renta de 2025 la ganancia patrimonial? en principio por lo que he visto yo parece que sí, pero mis dudas son
- La ganancia patrimonial son solo los 400 de indemnización, o también los 300 por pasajero en concepto de gastos? Entiendo que los gastos son, eso, gastos, y no tributarían no?
- Esto nos saldrá ya en los datos fiscales? No sé si la aerolinea informa a Hacienda....