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Reinversión vivienda habitual

5 respuestas
Reinversión vivienda habitual
Reinversión vivienda habitual
#1

Reinversión vivienda habitual

He vendido mi vivienda habitual 100%titularidad mía por 200000€ y me comprado la nueva por 250000€ al 50% de mi pareja en gananciales, Orense que tenía que tributar por lo que pasa del 50% de mi parte, pero he leído una sentencia del supremo que me parece entender que podría deducirme el
Total si lo reinvierto todo aunque sobrepase el 50% no se si crea jurisprudencia. Podríais ayudarme? STS3049/2020

https://www.icaoviedo.es/res/comun/biblioteca/2034/TRIBUNAL%20SUPREMO.%20IRPF.pdf
#3

Re: Reinversión vivienda habitual

Esa sentencia no dice lo que crees. Dice que se considera reinversión no sólo lo que se pague en el momento de la compra, sino también lo desembolsado a través de financiación ajena. Antes de esa sentencia, sólo se podía aplicar  lo realmente pagado por el contribuyente en 2 años (lo que se abone realmente al comprador en el momento de la compra más lo amortizado (y los intereses pagados) del préstamo hipotecario en los 2 años desde la venta. Ahora, gracias a esa sentencia, se considera exento todo el valor de la vivienda adquirida, se pague con o sin préstamo.
Pero el punto está en que tiene que ser vivienda ADQUIRIDA. Tú sólo has adquirido el 50% de tu nueva residencia, y ese 50% ha costado 125.000 euros. La otra mitad la adquiere tu pareja, no tú.
Por tanto, tú sólo reinviertes 125.000 euros de los 200.000 que conseguiste en la venta. Los otros 75.000 euros no los has reinvertido y, en consecuencia, la ganancia no está exenta de tributación.
#4

Re: Reinversión vivienda habitual

Se tributa por la ganancia patrimonial que obtuvieras en la venta.
No dices de cuánto ha sido.
#5

Re: Reinversión vivienda habitual

Lo compré por 85000€
#6

Re: Reinversión vivienda habitual

Da igual la ganancia absoluta. Vendiste por 200k y reinvertiste 125k el 62,5%. Tendrás que tributar por el 37,5% de la ganancia.
#7

Re: Reinversión vivienda habitual

Buenas noches:

Se realiza una tributación conjunta con tu pareja.

Saludos.