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Renucia o precripción legítima - Herencia

28 respuestas
Renucia o precripción legítima - Herencia
Renucia o precripción legítima - Herencia
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#1

Renucia o precripción legítima - Herencia

Buenas tardes,

Quisera saber cuál es la manera de renunciar a una legítima a coste 0. Tengo entendido que he de acudir a un notario y pagar por ello.
Puedo dejar que prescriba sin perjudicar al resto de herederos?
Hay alguna otra solución?
Gracias.
#2

Re: Renucia o precripción legítima - Herencia

Si es en Cataluña no te puedo ayudar.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Renucia o precripción legítima - Herencia

Es en Cataluña. Pero me imagino que para el caso es igual.
#4

Re: Renucia o precripción legítima - Herencia

Hola.
La prescripción para poder reclamar la legítima son 10 años.
El heredero es el que está obligado a dártela, por tanto si no haces nada y no la reclamas tienes coste cero.
Pero tampoco es tan caro hacer la renuncia ante notario si te quedas más tranquila, diría que estará entre los 50 a 100 euros, puedes preguntar el precio exacto en la notaría.
#5

Re: Renucia o precripción legítima - Herencia

No. No es igual, Cataluña tiene Código Civil propio.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#6

Re: Renucia o precripción legítima - Herencia

Tengo entendido que pueden enviarme una notificación notarial dándome 30 días y si doy la callada por respuesta, se da por entendido que be aceptado.
El problema es que mi hermana no tiene mis datos actuales de envio ni yo tengo cómo contactar con ella. Y de lo que tengo miedo es de que me notifiquen en mi última dirección en donde ya no vivo, y se entienda que acepto una herencia que puede estar envenenada.
por otro lado, tampoco dispongo del dni del fallecido, mi padre, para poder pedir certificados y ver en qué notaria se hizo testamento.
#7

Re: Renucia o precripción legítima - Herencia

Efectivamente,   le pueden hacer una interpelación notarial y en el plazo de 30 días le requerirán a que se manifieste.
Si no le hace caso a la interpelación,  se entiende a que la acepta pura y simplemente.
Mi consejo es que vaya a un notario y se decida.
El precio es exiguo en comparación con los problemas que puede buscarse. 
Si no sabe lo que puede encontrarse, acepte a beneficio de inventario.
Saludos. 
#8

Re: Renucia o precripción legítima - Herencia

Buenas noches, si su miedo es las deudas que pueda tener el fallecido, puede aceptar la.herencia a inventario, es decir aceptar la herencia solo en el caso de que los activos superen a los pasivos

Mientras que si las deudas superan a los activos, automáticamente queda como renunciada, es una figura legal que puedes utilizar y asi lo mismo sacas algo positivo del asunto
#9

Re: Renucia o precripción legítima - Herencia

Si su hermana quiere tramitar la herencia buscara la forma de.ponerse en contacto contigo para realizar los trámites

De todas formas en herencias con problemas familiares siempre es mejor gastarse algo de dinero en un abogado para que se haga todo correctamente y evitar posibles actos de mala fe de la.otra parte
#10

Re: Renucia o precripción legítima - Herencia

Yo renuncié a una herencia el año pasado y el precio fue de unos 70€. Eso es nada comparado con los prpblemas que te ahorras.

Como te dicen, puedes aceptar a beneficio de inventario si crees que puede haber algo interesante y quieres protegerte por si las deudas son más. Esto implicará que contactes con tu hermana para hacer las gestiones, costes (el certificado de herederos son 300-400€), quizás un gestor, etc... Esto ya depende de si ves que merece la pena o no.

Si lo que quieres es renunciar y olvidarte del problema (piensa que como heredera, Hacienda te pedirá vía carta que presentes el impuesto de sucesiones, aunque sea 0 y para presentarlo hay que aceptar herencia ante notario, etc), el notario podrá indicarte mejor, pero yo llevé mi DNI, certificado de defunción y certificado de últimas voluntades. Estos documentos los puedes solicitar tú misma por internet y el coste es bajo: defunción gratis y últimas voluntades creo que no pasa de unos pocos euros (o pedirle a un gestor que lo haga por ti). Con eso vas al notario y en un momento se hace la renuncia. En mi caso no había testamento, desconozco si habiendo testamento habría que llevar una copia del mismo (en el certificado de últimas voluntades aparece si lo hay y en qué notario para que se pudiese contactar y pedir, si es necesario).

Nota: si recibes la carta de Hacienda pidiendo que regularices la situación, también por internet, o presencial, se puede pedir prórroga de 6 meses más. Una vez hecha la renuncia, tendrás que llevar el acta notarial a Hacienda para que dejen anotado que has renunciado y cierren el proceso.

Nota2:

https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadania/tramites/certificado-actos-ultima

​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​El Certificado de Actos de Última Voluntad es el documento que acredita si una persona ha otorgado testamento/s y ante qué Notario/s. De esta forma, las personas a quien pueda corresponder algún derecho hereditario podrán dirigirse al Notario o Notaria autorizante del último testamento y obtener una copia (autorizada) del mismo. Este documento se precisa para la realización de cualquier acto sucesorio.​



#11

Re: Renucia o precripción legítima - Herencia

Muchas gracias por responderme.
Me he ido informando más… En Cataluña, en principio, el tema de la legítima funciona de modo distinto en algunos aspectos. Si he entendido bien, el heredero (supongo que mi hermana, que no responde mis llamadas) hereda todo y luego ella en todo caso, reparte la o las legítimas. Y es ella la que de e pagar las Sucesiones en ese momento y una vez ha hecho el reparto, ella debe solitar una devolución a hacienda y el legitimario entonces pagar las sucesiones.
Voy a pedir los certificados y a ver si con el de voluntades puedo contactar con el notario.
#12

Re: Renucia o precripción legítima - Herencia

Tengo hora ya con el notario de donde vivo para que me asesore, porque efectivamente como tú dices, si se actúa de mala fé, a uno le pueden meter en un buen lío. Tengo entendido por ejemplo, que pueden enviarme una notificación notarial al último domicilio conocido y darme 30 días para pronunciarme. Y si yo no me entero y no digo nada, dan por sentado que acepto la legítima de manera simple.
Muchas gracias.
#13

Re: Renucia o precripción legítima - Herencia

Me parece muy buena decisión la de renunciar cuanto antes mediante escritura pública. Además de lo expuesto, hay que tener en cuenta que el I. de Sucesiones se debe declarar en el plazo de seis meses, transcurrido ese plazo Hacienda te requeriría por no haber declarado y si tu renuncia es posterior a su requerimiento podrías ser sancionada. Además, si la renuncia se hace posteriormente al plazo de prescripción del Impuesto, Hacienda lo considera una donación, con lo que te podría salir muy caro.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#14

Re: Renucia o precripción legítima - Herencia

Creo que el impuesto de S, como he dicho arriba, en Cataluña lo paga al principio el heredero y una vez reparte la legítima, es cuestión del legitimario pagar y el heredero solicitar devolución.

Lo que estaba mirando los datos que me piden para solicitar el certificado de defunción y es que yo no sé ni tomos, la fecha solo me parece que puede ser esa y el dni creo haberlo encontrado por Internet.
Es necesario saberlo todo? Si voy a un notario él puede acceder a esos datos con menos información..
#15

Re: Renucia o precripción legítima - Herencia

Conozco muchas herencias que estan en stand by por problemas familiares entre herederos, y no suelen enviar sanciones ni nada por el estilo