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Litigio plus valía municipal

11 respuestas
Litigio plus valía municipal
Litigio plus valía municipal
#1

Litigio plus valía municipal

Buenas tardes amigos Rankianos,

En 1990 compramos, mi marido y yo, en gananciales, una casa.
En 2007 hicimos unas capitulaciones matrimoniales (separación de bienes), dicha casa se quedo a mi nombre.
En el mismo año 2007 registre dicha casa en el registro de la propiedad.
¿La plus valía se paga desde el 2007 o desde 1990?

NOTA: Mi marido vendió 2 bienes inmobiliarios, del mismo municipio, en el 2016, que había registrado a su nombre debido a las Capitulaciones y pago la plus valía desde el 2007.
Agradezco de antemano su ayuda.
Que tengan un buen dia.
#2

Re: Litigio plus valía municipal

1990. La extinción del condominio no está sujeta a plusvalía municipal y por tanto se mantiene 1990 como fecha de transmisión. Salvo mejor opinión. 
#3

Re: Litigio plus valía municipal

Muchas gracias Rucko por tu aportación. Entonces porque le calcularon, a mi marido, desde el 2007...? Por esto me quedo con la duda...
Un saludo  
#5

Re: Litigio plus valía municipal

Buenos días:

Por plusvalía municipal del inmueble a tu nombre estuvo anudada al IIVTNU, para su gravamen, desde 1990 hasta 2010.

A partir de 2010, al cumplirse 20 años, solamente está anudado para iniciar un nuevo período impositivo, cuando se transmita. Es decir, a partir de 2010 no existe plusvalía municipal que pagar. Si no existe después de 20 años plusvalía municipal gravable, tampoco existe la de antes de 20 años.

Por otro lado, tu marido pagaría plusvalía municipal en 2016, si los inmuebles fueron adquiridos después de 1996. En caso contrario, si fueron adquiridos antes de 1996 y pasaron más de 20 años hasta su venta, no hubo hecho imponible que devengase el IIVTNU en 2016. Por lo que:

Es perfectamente legal la reclamación de ese ingreso indebido, ya que no prescribe y es revisable.

Pudo pagar plusvalía municipal desde 2007 si en ese año se procedió ha realizar una revalorización de acuerdo con la inflación del valor de adquisición. Lo que está de acuerdo con la Norma Internacional de Contabilidad 12 

  • REGLAMENTO (CE) No 1126/2008 DE LA COMISIÓN de 3 de noviembre de 2008 por el que se adoptan determinadas Normas Internacionales de Contabilidad de conformidad con el Reglamento (CE) no 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo
  • https://www.boe.es/doue/2008/320/L00001-00481.pdf

Saludos.
#6

Re: Litigio plus valía municipal

Gracias jesusm1 por tu interesante aportación, este finde voy a estudiarla a ondo y mirar el BOE que me señalas. Un saludo
#7

Re: Litigio plus valía municipal

Te voy a dar un consejo gratis. No pierdas el tiempo buscando la información que te ha indicado Jesúsm1. Es un troll.
#8

Re: Litigio plus valía municipal

Me sumo al consejo de @Corso1982 sobre lo indicado por Jesusm1.
 NOTA INFORMATIVA Nº 48/2023 del Tribunal Constitucional
El Pleno del TC resuelve que el principio de capacidad económica no impone al legislador la obligación de tener en cuenta la inflación para calcular las ganancias patrimoniales en el IRPF

NOTA INFORMATIVA Nº 48-2023.pdf (tribunalconstitucional.es)
#9

Re: Litigio plus valía municipal

Gracias Corso, me parecía "un poquito raro", pero iba a estudiar su "tematica"...y perder tiempo...
Algún cosejo relativo a mi caso de la plus valía...?
#10

Re: Litigio plus valía municipal

Muchas gracias a ti también Marianin, un saludo
#11

Re: Litigio plus valía municipal

A efectos del IIVTNU (plusvalía municipal), la fecha de adquisición del inmueble que te adjudicaste en las capitulaciones será 1990 ( para el 100% del inmueble) y el valor de adquisición el de compra que abonastéis el matrimonio en aquella fecha.,
Un supuesto como el tuyo aborda la consulta vinculante V0961-18
https://www.iberley.es/resoluciones/resolucion-vinculante-dgt-v0961-18-11-04-2018-1476378



#12

Re: Litigio plus valía municipal

Buenas tardes Marianin,   ya esta del todo claro. Con este caso del 2018 con consulta vinculante ha quedado mas que claro.
Muchas gracias por tus explicaciones tan claras.
Un saludo a todos los que me han ayudado.