En el caso general, las pagas extras en las pensiones se calculan de diciembre a mayo, y de junio a noviembre. Se cobran con la mensualidad de junio y de noviembre.
Si te la conceden por ejemplo en febrero, cobrarías 4/6 de la de verano y toda la de Navidad.
Ahora bien, las pensiones de incapacidad permanente total, absoluta y gran invalidez que deriven de de una enfermedad profesional o de un accidente de trabajo las reciben prorrateadas en las 12 mensualidades, no las pagan aparte.
Por ello, tienes que ver cuál es tu caso.