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INFORMACIÓN Complemento para la reducción de la brecha de género / Solicitud para Hombres - Seguridad Social

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INFORMACIÓN Complemento para la reducción de la brecha de género / Solicitud para Hombres - Seguridad Social
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INFORMACIÓN Complemento para la reducción de la brecha de género / Solicitud para Hombres - Seguridad Social
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#1

INFORMACIÓN Complemento para la reducción de la brecha de género / Solicitud para Hombres - Seguridad Social

Tengo una duda,  sobre si mi padre tiene o no derecho para que le den el 'Complemento de la reduccion de la brecha de genero' o sea 28€ mas por cada hijo que haya tenido en su pension.
 El cumple los requisitos... 
Mi padre se prejubilo con 61 años, porque le obligo el paro en su epoca. El cobraba el subsidio para mayores de 52 años y le obligaron a prejubilarse. Le quedo una pension bajisima, 700€.
Se prejubilo con 61 años en el año 2015, septiembre.
Y la edad de jubilacion la obtuvo en 2019, no le subieron ni un euro al cumplir la edad de jubilacion.
Quisiera saber si tiene derecho o no a el complemento  por haber tenido varios hijos.

Creo que la nueva ley en hombres para añadirlos salio en 2016 al 2021. Por desgracia el ya estaba prejubilado. Pero no se si eso lo tienen en cuenta o tienen en cuenta a que edad obtuvo su edad de 65 años.
 
Mi duda es si tiene derecho a ese complemento.
#2

Re: INFORMACIÓN Complemento para la reducción de la brecha de género / Solicitud para Hombres - Seguridad Social

El complemento de brecha de género se aplica a las pensiones causadas a partir del 4 de febrero de 2021. Así se establece en la Disposición Adicional Primera del Real Decreto-Ley 3/2021, de 2 de febrero, por el que se adoptan medidas para la reducción de la brecha de género y otras materias en los ámbitos de la Seguridad Social y económico ( BOE de 03-02-2021). 
 En este enlace tienes la información de la Seguridad Social sobre este complemento.  Seguridad Social: Prestaciones / Pensiones de Trabajadores (seg-social.es) 
 Apartado segundo “Requisitos”, ahí tienes los del hombre.
 
Tu padre accedió a la pensión de jubilación en 2015, antes de 04-02-2021, y por tanto no tiene derecho a ese complemento (al margen de que cumpla o no los requisitos exigidos para los hombres que causen su pensión a partir de 04-02-2021)

 Respecto de la pensión que ahora está cobrando tu padre, debes tener en cuenta que la pensión mínima de jubilación para 2023 para mayores de 65 años es la siguiente: 

Con cónyuge a cargo: 966,20 €/paga x 14 pagas = 13.526,80 €/año 
Sin cónyuge: 783,10 €/paga x 14 pagas = 10.963,40 €/año 
Con cónyuge no a cargo: 743,30 €/paga x 14 pagas = 10.406,20 €/año  

¿Cuánto ha cobrado exactamente tu padre en este mes de enero-2023? Los pensionistas acaban de cobrar su pensión con los importes actualizados para este año. ¿Cuál es la situación de tu padre? ¿Convive con su cónyuge? ¿Cuáles son sus respectivos ingresos de las diferentes fuentes: trabajo, pensiones, intereses, alquileres, etc.?. Hazte esas preguntas para ver si a tu padre le puede ser de aplicación alguno de los importes mínimos indicados. 
#3

Re: INFORMACIÓN Complemento para la reducción de la brecha de género / Solicitud para Hombres - Seguridad Social

Gracias por responder.

Yo me he enterado de este complemento por un familiar cercano.  Este familiar se prejubilo en 2016. Por incapacidad.  Ha echado la solicitud en 2022 y le han dado todo el dinero de los atrasos, desde el 2016 hasta ahora.
Todo esto 100% confirmado.

Hay otro conocido que tambien se prejubilo en 2017, tambien se lo han concedido y le han ingresado el dinero de los atrasos. Del 2017 al 2023, le han dado mucho dinero. Y este no tenia ninguna discapacidad.

Si hay personas que se prejubilaron en 2016 y se lo han concedido recientemente. ¿Esto a que año empiezan a darlo? Mi duda es si a los del 2015 tambien se lo dan.  O es cuando esas personas cumplen su edad de jubilacion entre 2016 a 2021. Bueno al final el tiempo lo dirá.

Posdata. Mi padre cobra unos 900€  al mes, con la subida actual de enero. Una pension inferior que las que tienen las personas que acabo de comentar que se les ha concedido. Y mi madre no ha cotizado, el sueldo de mi padre es el unico que ha entrado. Gracias kiss



#4

Re: INFORMACIÓN Complemento para la reducción de la brecha de género / Solicitud para Hombres - Seguridad Social

 Aunque no lo expresas por su nombre, al citar ahora dos casos de hombres prejubilados en 2016 y 2017 veo que te quieres referir al “complemento de maternidad por aportación demográfica”, que es el antecedente del “complemento de brecha de género” existente desde 04-02-2021 al que me he referido en el post anterior. Para las pensiones causadas desde 04-02-2021 no se reconoce ya aquel complemento. 

El “complemento de maternidad por aportación demográfica” se estableció para las pensiones contributivas de jubilación, incapacidad permanente y viudedad causadas por mujeres desde 01-01-2016, que hubieran tenido dos o más hijos, biológicos o adoptivos, antes del hecho causante. Consistía en un incremento del importe de la pensión en un 5% por dos hijos, 10% por tres hijos y 15% por cuatro o más hijos. Por una sentencia de 12 diciembre 2019 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, a la que han seguido sentencias del Tribunal Supremo y de los Tribunales Superiores de Justicia, se consideraba discriminatoria la regulación sólo para mujeres por lo que también debía reconocerse ese complemento para los hombres que reuniesen las mismas condiciones objetivas requeridas a las mujeres. Se le llama popularmente “complemento por paternidad” y afecta a los hombres que causaron pensión desde 01-01-2016 hasta 03-02-2021, que tuvieran dos o más hijos antes de la jubilación, que la madre de los hijos no cobre ese complemento, y que no se trate de una jubilación anticipada voluntaria. Esos hombres, con pensión reconocida entre 01-01-2016 y 03-02-2021, están solicitando y obteniendo el reconocimiento del complemento por maternidad/paternidad con efectos retroactivos desde la fecha del reconocimiento de su pensión. Tienen que reclamarlo al INSS y si éste lo deniega, acudir a los tribunales. 

No es el caso de tu padre, que causó su pensión en septiembre de 2015, antes de 1-enero-2016. 
#6

Re: INFORMACIÓN Complemento para la reducción de la brecha de género / Solicitud para Hombres - Seguridad Social

Vale gracias. Entonces por prejubilarse con 62 años perdio el derecho a ese complemento.

Pensaba que como la edad de jubilacion son los 65 años y mi padre cumplio los 65 en el año 2019, su pension pasaba de prejubilacion a jubilacion. Y entonces estaria dentro de ese margen de 2016 a 2021. Pero entiendo que como se prejubilio con 62 años en 2015, perdio el derecho a el complemento. Gracias pues esa era mi duda y ha sido aclarada.
#7

Re: INFORMACIÓN Complemento para la reducción de la brecha de género / Solicitud para Hombres - Seguridad Social

Hola no, no tiene derecho, esa pensión fue resuelta con la normativa vigente en la fecha del hecho causante y tanto el complemento de maternidad,  como el complemento para la reducción de la brecha de género como bien sabes, su entrada en vigor ha sido posterior a la fecha en que se jubiló tu padre y no se aplican retroactivamente, saludos.
#8

Re: INFORMACIÓN Complemento para la reducción de la brecha de género / Solicitud para Hombres - Seguridad Social

Buenas tardes, Tengo una duda, a ver si alguien me puede ayudar. Tengo una pensión ordinaria, me jubile en junio de 2016, creo que cumplo los requisitos para solicitar el "complemento por paternidad", tengo dos hijos. Mi mujer no cobra ninguna pensión. A día de hoy no he solicitado el complemento por paternidad (tal vez por ignorancia), la pregunta es: si ha día de hoy tendría posibilidad o derecho a reclamar, dicho complemento, teniendo en cuenta, que ya han pasado mas de 5 años desde que me jubile.
Un saludo y gracias
#9

Re: INFORMACIÓN Complemento para la reducción de la brecha de género / Solicitud para Hombres - Seguridad Social

 Salvo que te acogieses a jubilación anticipada voluntaria o a la jubilación parcial, de los datos que indicas se deduce que sí tienes derecho. El complemento te supondría un 5% más (dos hijos). Sí puedes pedirlo y debe reconocerse desde junio-2016 en que se causó tu pensión, por las consecuencias de la naturaleza de la Sentencia de 12-diciembre-2019 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que ha señalado el Tribunal Supremo en sentencia de 30-05-2022 Consejo General del Poder Judicial: Buscador de contenidos

No sé qué postura tiene el INSS actualmente, si reconoce o deniega el complemento a los hombres que lo solicitan. Y si lo reconoce, si lo hace desde la fecha en que se causó la pensión como ha dicho el Tribunal Supremo. Un vistazo por las informaciones más actuales de abogados que pueden verse en internet, lleva a la impresión de que la cuestión sigue acabando en los tribunales, lo que en un momento dado tendrá que terminar: cada día es más conocida entre los posibles afectados la posibilidad de obtener este complemento y las demandas irán aumentando, de tal forma que inundarán los órganos judiciales si el INSS no reconoce directamente el complemento con todas sus consecuencias por la mera solicitud del interesado. 

Como curiosidad, en la página web de la Seguridad Social puede consultarse, a día de hoy, el criterio de Gestión 35/2021, que revisa el anterior criterio de gestión 1/2020, a raíz de la Sentencia del TJUE de 12-diciembre-2019 sobre el complemento de maternidad/paternidad, y de dos sentencias del Tribunal Supremo de 16-02-2022 sobre la retroactividad de este complemento. En el 35/2021 aparecen estampilladas las leyendas “no vigente” y “suspendido”, y en el 1/2020 la de “no vigente”. Supongo que el INSS está esperando a que alguna autoridad decida qué hacer, vistas las abundantes sentencias que lo vienen condenando al pago. 

En tu mano queda: esperar un tiempo a ver si el INSS empieza a reconocer el complemento a los hombres con la debida retroactividad con una mera solicitud, o buscarte ya un abogado e iniciar el procedimiento de reclamación ante el INSS y, en su caso, demanda ante el juez. 
#10

Re: INFORMACIÓN Complemento para la reducción de la brecha de género / Solicitud para Hombres - Seguridad Social

Muchísimas gracias por la información.
Mi jubilación es ordinaria, me prejubilaron un par de años antes pero yo no deje de pertenecer a la empresa hasta junio de 2016. Compañeros que se han jubilado con posterioridad, se han metido en un bufete de abogados y ya lo han cobrado el complemente. La diferencia es que ellos no  han pasado tantos años como yo desde la jubilación (unos 6 años). Yo también me he metido en ese bufete de abogados, estos días. Y lo mas probable, es que tengamos que ir a juicio, pero....
Con los resultados que me den de la Seguridad Social, los colgare en esta pagina por si le pueden ayudar a alguien mas.
un saludo y muchas gracias de nuevo
#11

Re: INFORMACIÓN Complemento para la reducción de la brecha de género / Solicitud para Hombres - Seguridad Social

Sin entrar en polémica, conozco a una pareja ( son amigos) que los dos cobran el complemento de maternidad y paternidad. Tienen dos hijos y cada uno cobra el 2,5% porque tienen pensión máxima cada uno. Saludos
#12

Re: INFORMACIÓN Complemento para la reducción de la brecha de género / Solicitud para Hombres - Seguridad Social

 La cuestión es la unicidad del complemento, es decir si el complemento de pensión por aportación demográfica es una prestación unitaria y que por tanto sólo puede reconocerse a uno de los progenitores, o si es factible su concesión a ambos progenitores. O de otra forma, si ya se ha reconocido previamente a la madre, ¿puede obtenerlo el padre por los mismos hijos por naturaleza o adopción?. 
Por lo que he leído, los diferentes Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas se han pronunciado de forma contradictoria sobre esta concreta cuestión, lo que ha sido causa de recursos de casación para unificación de doctrina, sobre los que todavía no se ha pronunciado el Tribunal Supremo. Veremos qué dice. Obviamente, el varón que cuente con sentencia firme en que se le reconoce el complemento por aportación demográfica cuando también lo tenía reconocido la madre,  mantendrá la percepción pues su caso es cosa juzgada, aunque el TS se pronunciase en el sentido de que solamente se puede reconocer el complemento a uno de los progenitores. 
#13

Re: INFORMACIÓN Complemento para la reducción de la brecha de género / Solicitud para Hombres - Seguridad Social

La pareja o matrimonio del que hablo, a la mujer le concedieron el complemento de maternidad. 
Al hombre en principio le denegaron ( como a la mayoría) pero llevó el asunto a juicio y la sentencia es favorable a percibir éste complemento (ya lo está cobrando), y los atrasos.
Tengo conocidos que solicitaron sobre junio de  2022, y a éstos no le denegaron y a los tres meses le concedieron el complemento y los atrasos correspondientes .
Saludos 
#15

Re: INFORMACIÓN Complemento para la reducción de la brecha de género / Solicitud para Hombres - Seguridad Social

"El complemento entró en vigor el 1 de enero de 2016 y fue suprimido el 4 de febrero de 2021, sustituyéndose por un complemento distinto con otros requisitos.

No obstante, puede tener derecho a un complemento por larga carrera de cotización (a partir de 40 años) en jubilaciones anticipadas."

Igual por aquí puede sacar algo.
Saludos