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Años para el calculo de la base reguladora de la jubilación. - Seguridad Social

56 respuestas
Años para el calculo de la base reguladora de la jubilación. - Seguridad Social
Años para el calculo de la base reguladora de la jubilación. - Seguridad Social
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#46

Re: Años para el calculo de la base reguladora de la jubilación. - Seguridad Social

Gracias Javiher.
Y siento como ha ido todo aunque luego se resolviera.
Espero tener mejor suerte 
#47

Re: Años para el calculo de la base reguladora de la jubilación. - Seguridad Social

Buenos días.
Consulté a SS sobre la normativa a aplicar. Me contestan que se tramitará por la legislación más favorable. No se puede elegir cual se quiere aplicar.
Correcto . Respuesta de manual.
Si algo tiene SS son unos sistemas informáticos muy potentes, y en cuanto a jubilaciones , una maquinaria muy engrasada.
Mi reflexión es: si no puedo elegir que ley aplicar ¿Porqué no me presentan directamente la más favorable?
¿Porqué tratan, ,leido lo leido en casos concretos, de crear incertidumbre?
En mi caso, desde enero 2024 me permiten calcular la jubilción por las dos leyes.  Supongo que es para "que lo sepa".
Un saludo
#48

Re: Años para el calculo de la base reguladora de la jubilación. - Seguridad Social

Por si lo necesita o le ayuda, esto es lo que dice la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones, al hilo de lo comentado.


Un saludo
 
#49

Re: Años para el calculo de la base reguladora de la jubilación. - Seguridad Social

Hola de nuevo. Bien, parece que la SS no para de sorprender.
La última noticia que tuve, me indicaba que aplican la normativa más favorable.
Tras las nuevas actualizaciones del simulador en el mes de marzo,este se ha dislocado.Solo me ofrece el cálculo por la legislación anterior.Me da la opción de verlo por la ley vigente.
Al pedirlo me informa que no me puede dar información.
He tenido hoy una consulta telefónica con el caiss y me comenta que está igual que yo.No me puede dar datos.
Solución: pida cita presencial y que solicite un informativo de jubilación.
Esto cuánto tarda?.
Otra piedra en el camino!!


#50

Re: Años para el calculo de la base reguladora de la jubilación. - Seguridad Social

En otro hilo en Rankia, donde se habla sobre Jubilación Anticipada,  hay bastantes comentarios de usuarios contando los "muchos" problemas que tienen desde hace unos meses con el programa de simulación de la Seguridad Social -unas simulaciones les da un valor y a la semana les da otro, etc.

Como comenta yo pediría cita presencial y que un funcionario le aclare sus dudas o bien (o ambas conjuntamente, pues no hay garantía 100% de que el simulador del funcionario funcione mejor) presentaría una reclamación telemática. Para la cita, la web que le indico le dice el tiempo que tardaría en tener la cita y en ella le "deberían" entregar la simulación con ambas legislaciones. Para la reclamación, mi experiencia es que la respuesta a su correo de contacto -el que les indique al rellenar el formulario- viene a demorarse 2-3 semanas... pero, en mi experiencia, la Seguridad Social lleva bastantes meses/años funcionando de forma bastante caótica y sin "gobierno profesional"...

Un saludo
#51

Re: Años para el calculo de la base reguladora de la jubilación. - Seguridad Social

Hola, buenos días. Les expongo mi caso.
En noviembre de 2023 tuve cita presencial con la S.S. para solicitar simulación de jubilación anticipada a fecha 30.08.2023, calculándome un importe de 2.053 euros.
La jubilación ordinaria me correspondería el 30 de Enero de 2026 con 65 años. Tengo a día de hoy 40 años y 4 meses de cotización, cobro el subsidio de mayores de 52 años desde el 2018 y no trabajo desde Julio de 2012, salvo un breve período de tres meses en 2018.
Regularmente he ido consultando el simulador de la S.S. y hasta que estuvo sin funcionar durante unos cuantos días hace semana, no había cambios, pero cuando estuvo operativo otra vez, el importe de la pensión a fecha 30.01.2026 ha bajado a 1.347 euros, solamente contemplan los últimos 15 años de cotización y aplican la legislación anterior a la ley 27/2011, sin ninguna otra alternativa posible.
Hoy he tenido cita presencial y me dicen que esto último es así a partir de este año y que tendría que trabajar mínimo un año para que me aplicaran otras condiciones, sin que me comentaran nada de aplicar la legislación mas favorable en el momento de la jubilación, ya sea anticipada u ordinaria.
Lo cierto es que no entiendo nada. 
Si alguien pudiera responderme algo, lo agradecería enormemente.
Saludos y muchas gracias.
#52

Re: Años para el calculo de la base reguladora de la jubilación. - Seguridad Social

Para el cálculo de la base reguladora, alguien sabe si el simulador de la seguridad social ya tiene en cuenta el cálculo “dual” que hace que, a partir de 2027, se puedan usar las cotizaciones de los últimos 29  (en lugar de 25) con el periodo transitorio que permite descontar los meses de menor cotización?
#53

Re: Años para el calculo de la base reguladora de la jubilación. - Seguridad Social

Hola,
Ante todo gracias por el foto. Es muy interesante.
Contexto: tengo 50 años, 25 cotizados, en 1997 hice el servicio militar, como Alférez de complemento. Creo recordar que tuve 6 meses con nómina y su retención. 
Pregunta: a efectos de jubilación (plazos e importe), ¿me interesa reclamar su inclusión en mi vida laboral y en mis bases de cotización?
Un saludo 
#54

Re: Años para el calculo de la base reguladora de la jubilación. - Seguridad Social

Yo entiendo que sí que deberías de reclamarlo, ya que aumentaría tus años de cotización y con ello el porcentaje a percibir de tu base reguladora resultante.
#55

Re: Años para el calculo de la base reguladora de la jubilación. - Seguridad Social

Hola, a ver si me puedes ayudar.

En la empresa de mi mujer hay prejubilaciones a los 55 años desde el año 2011.
Esas prejubilaciones no son por culpa de un ERE, sino que son prejubilaciones voluntarias en las que la empresa te da un salario y te paga la.cuota CESS del convenio especial.  Todo esto hasta la edad legal de jubilación.

Cada año se renueva este acuerdo y se hace alusión al primer año de las prejubilaciones, el 2011. Es decir, en el 2014 se firmó la cuarta prórroga de las prejubilaciones y en el escrito se hace alusión al primer acuerdo en el año 2011. Y así cada año.

El problema es el siguiente.  Hubo gente que se prejubiló en marzo del 2013 y se jubiló en marzo del 2023, y le calcularon la presión en base a sus últimos 15 años de cotización. 

Pero la gente que se prejubiló a partir del 1 de abril del 2013 y se jubiló a partir del 1 de abril del 2023, le calcularon la pensión en base a los últimos 25 años, por lo que les quedó una pensión mucho más pequeña.

La gente está cabreada, ya que pusieron en su día una reclamación al INSS solicitando que le tenían que mirar los últimos 15 años, ya que el acuerdo viene desde el 2011, aunque ellas se hayan prejubilado después del 1 de abril del 2013.

Hay gente que lo ha llevado a juicio pero aún están esperando respuesta.

Algún consejo? Tienen recorrido esas denuncias?

He leído este párrafo, pero creo que la empresa no registró esos acuerdos en el INNS, así que no sé si habrá alguna solución o si la hubiera podrían sancionar a la empresa por no haberlos registrado debidamente.


Será condición indispensable que los indicados acuerdos colectivos de empresa se encuentren debidamente registrados en el Instituto Nacional de la Seguridad Social o en el Instituto Social de la Marina, en su caso, en el plazo que reglamentariamente se determine.


Gracias 


#56

Re: Años para el calculo de la base reguladora de la jubilación. - Seguridad Social

 He leído este párrafo, pero creo que la empresa no registró esos acuerdos en el INSS
La legislación aplicable, bien la legislación anterior a la Ley 27/2011, o bien la Ley 27/2011 de 1 de agosto, es la que determina si el cálculo de la Base Reguladora se realiza con los 15 o 25 años anteriores a la fecha de hecho causante (después ha habido otro cambio normativo para seleccionar los mejores bases de cotización de +25 años, pero no es relevante para su consulta). 

En su consulta... le aplica la disposición transitoria cuarta, apartado 5, de la Ley General de la Seguridad Social que, como indica, tiene un requisito obligatorio para la empresa:
Algún consejo? Tienen recorrido esas denuncias? 
Mi recomendación es que primero valoren la diferencia en la pensión en ambas situaciones pues ello le dará una medida de que acciones va a llevar a cabo... (a) las básicas, sin coste, (b) las especiales, con coste (e. g., abogado especialista en derecho laboral).

Entre las básicas:

  • Recopilar toda la información posible de las fechas en que se aprobó el "acuerdo" de bajas acordadas con la empresa, correos, boletines de la empresa o sindicatos, acuerdos de baja del empleado/a individualizado con la empresa, etc.
  • Si en la empresa hay sindicatos, entiendo que ellos participaron en la elaboración de dichos acuerdos y algo tendrán que decir
  • ¿La empresa sigue activa?, solicitar de la empresa (RRHH) si hizo registro del acuerdo de 2011 con copia a Inspección de Trabajo
  • ¿Cuál ha sido la respuesta del INSS a las reclamaciones?
  • Aquellos trabajadores que inicien el trámite de "solicitud de jubilación" que indiquen explícitamente, apartado de alegaciones, que solicitan les aplique la legislación "más beneficiosa", aportando la información relevante...

A parte de lo comentado, que imagino conoce, lamento no ser más de ayuda... 

Un saludo
#57

Re: Años para el calculo de la base reguladora de la jubilación. - Seguridad Social

Hola, gracias por responder.

La diferencia entre pensiones en algún caso llega a los 300 euros al mes.

La respuesta del INSS no existe, se hizo alguna reclamación y no contestaron. 


Muchas gracias por responder, a ver si hay algún recorrido en esa denuncia,  que yo me temo que no mucho, pero bueno. Gracias