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Regla dos meses

6 respuestas
Regla dos meses
Regla dos meses
#1

Regla dos meses

Buenas noches.

Necesito un poco de ayuda.  Compré 530 acciones de Ercros con fecha 30-1, las vendí con minusvalías con fecha 8-2-19.

Posteriormente volví a comprar 464 acciones de Ercros en fecha 19-2, siendo vendidas con minusvalías en fecha 9-4-19. 

¿Puedo compensar esas pérdidas?

Gracias.
#2

Re: Regla dos meses

Lo unico que dice la norma de los 2 meses es que si vendes y recompras antes de dos meses no puedes compensarte esas minusvalias EN ESE MOMENTO, sería como si no hubieras vendido, pero cuando las vendas de nuevo y no recompres en los dos meses ahí puedes compensarte TODAS LAS MINUSVALIAS.

Si tienes 100 acciones compradas a 100€ y las vendes hoy a 90€ y mañana compras 100 acciones a 80€ y la semana que viene las vendes a 70€ si no recompras en los siguientes dos meses desde la ultima venta podras compensarte los 1000€ de minusvalias de la primera operacion y otros 1000 de la segunda.

Esto solo se hace para que el 31 de diciembre si tienes plusvalias ese año la gente no venda las acciones que tiene con minusvalias y las compre de nuevo al dia siguiente que es el 1de enero del año siguiente compensando las plusvalias del año y ahorrandose así pagar impuestos, pero no significa que esas perdidas no se puedan compensar en el futuro.
#3

Re: Regla dos meses

A ver si podéis aclararme esta duda.
Mi esposa y yo compramos las mismas acciones con cuentas distintas y hacemos la declaración de IRPF normalmente conjunta.
Mi duda es la siguiente:
Si vendo unas acciones mías  con minusvalías y compro las mismas con la cuenta de mi esposa. Las minusvalías generadas por mi venta, las puedo compensar?.
Un saludo
#4

Re: Regla dos meses

Yo diría que sí puedes. Porque ley dice que es el propio contribuyente que vende el que no puede recomprar, no dice que el cónyuge del contribuyente no pueda recomprar (aunque hagáis tributación conjunta). No sé si habrá alguna consulta de la DGT precisa sobre esto.

Pero ojo. Porque si estás en gananciales con tu mujer y tanto la venta con pérdidas como la recompra se hicieron a costa del caudal ganancial, entonces sí os va a aplicar la regla de los 2 meses ya que la pérdida sería imputable a ambos y la posterior recompra también sería imputable a ambos.
#5

Re: Regla dos meses

Gracias por contestar.
El primer párrafo lo entiendo perfectamente y es mi opinión.
El segundo párrafo es el que me preocupa.
Son unas acciones que están un 33% por debajo del precio de compra y mi interés es vender las mías y mi esposa comprarlas. Así mi esposa promedia las que tiene y cuando suban las compradas, venderlas con ganancias y a la vez volverlas a comprar yo a menos precio que tenían cuando las vendí.
Es un poco lioso, espero haberme explicado bien.
Un saludo.
#6

Re: Regla dos meses

Gracias por la respuesta.
Entonces, si no he entendido mal, podría compensar ambas minusvalías al haber vendido todas las acciones en el mismo año, no?
#7

Re: Regla dos meses

Te he entendido perfectamente. Simplemente te he dicho que si se trata de una venta de acciones que son gananciales, y la posterior recompra se hace con caudal también ganancial, os aplica la regla de los dos meses a ambos (ya que cada uno vende el 50% con pérdidas y a la vez recompra el 50%).