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Venta de parcela y Plusvalia

8 respuestas
Venta de parcela y Plusvalia
Venta de parcela y Plusvalia
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#1

Venta de parcela y Plusvalia

Hola ami@s Rankian@s
Un familiar esta a punto de vender una parcela de garaje (50000€ se vendera pero en escritura de hace 3 años consta 42000€ si poco gana pero esta muyyyyyyyyyy achuchado)
Naturalmente sacara un plusvalia y la pregunta es
el proximo año en la declaracion del renta esa plusvalia ¿en que concepto le vendra relejada ?¿y cuanto %le "quitaran" si es posible calcularlo?
atencion especial a que tributa A la DIPUTACION BIZKAINA
UN SALUDO Y GRACIAS POR LAS RESPUESTAS

#2

Re: Venta de parcela y Plusvalia

Tiene una ganancia patrimonial por diferencia entre el precio de venta (50.000 euros) menos el precio de compra actualizado (si la compra es de 2007, 42.000 x 1,053). Al ser una ganancia realizada en una venta, integrará la base del ahorro, que en Vizcaya tributa al tipo fijo del 20%.

Saludos.

#3

Re: Venta de parcela y Plusvalia

HOLA al.rodrigo
dices "Tiene una ganancia patrimonial por diferencia entre el precio de venta (50.000 euros) menos el precio de compra actualizado (si la compra es de 2007, 42.000 x 1,053).
1º este ¿1.053? me puedes decir de donde sale (de unas tablas que estan en no se donde ,o esque es un coeficiente constante para este tipo de operaciones........)

2º dices tambien "Al ser una ganancia realizada en una venta, integrará la base del ahorro, que en Vizcaya tributa al tipo fijo del 20%"
¿como si fuesen ahorros de un deposito o los intereses generados en las cuentas de ahorro?

3ºo sea 42.000 x 1,053=44226€ x 0.20=8845.2
¿esto es pues lo que tendra que meter en la declaracion el año que viene ?

Un saludo

#4

Re: Venta de parcela y Plusvalia

1º De este enlace:

http://www.bizkaia.net/Ogasuna/Zerga_Arautegia/Indarreko_arautegia/pdf/ca_160_2009.pdf

2º Sí.

3º No. En la declaración tendrá que poner la ganancia 50.000 - 44.226 = 5.774 euros, que es lo que forma parte de la base del ahorro. Como máximo tributará el 20% de esa cantidad, y que se lo calculará el programa de ayuda, 1.154,80 euros.

Saludos.

#5

Re: Venta de parcela y Plusvalia

Por si te sirve, te paso un esquema que suelo tener siempre encima, ya que hay que tener en cuenta algunas otras partidas que igual hagan bajar la ganancia como impuestos pagados al adquirir o al transmitir

VALOR DE TRANSMISION (+Importe Real de la Transmisión-Gastos y tributos inherentes a la trasmisión satisfechos por el transmitente)- VALOR DE ADQUISICION (+Importe real de la adquisición o valor del bien a efectos de IS y D+Gastos y tributos inherentes a la adquisición satisfechos por el transmitente en el momento de la adquisición+Inversiones y mejoras-Amortizaciones)

Fuente: pág 314 Biblia de los Tributos del País Vasco (Tomo 2)

#6

Re: Venta de parcela y Plusvalia

HOLA AL.Rodrigo
Gracias por la aclaracion porque se estaba poniendo malo pero malo de verdad

#7

Re: Venta de parcela y Plusvalia

HOLA Aupareal
Gracias por las puntualizaciones
esto por lo que veo es una suma de varios factores y la diferencia total de todos 1º¿no?
a ver si me puedes aclarar esto:
Dices "VALOR DE TRANSMISION (+Importe Real de la Transmisión-Gastos y tributos inherentes a la trasmisión satisfechos por el transmitente)

2ºel + este a que se debe
3º los Gastos y tributos inherentes a la trasmisión satisfechos por el transmitente ,a que se refieren ¿a los recibos del I.B.I o a lo que le cobren en la notaria por hacer la compraventa?

- VALOR DE ADQUISICION (+Importe real de la adquisición o valor del bien a efectos de IS y D+Gastos y tributos inherentes a la adquisición satisfechos por el transmitente en el momento de la adquisición+Inversiones y mejoras-Amortizaciones)"

4º que son los efectos de IS y D+Gastos

gracias una vez mas tu tiempo

#8

Re: Venta de parcela y Plusvalia

1º Sí tienes que calcular la diferencia entre el precio de transmisión y el valor de adquisición y en cada uno de estos factores calcular la cantidad según lo que se indica entre parétesis.
2º El + es para indicarte que lo que pongas aquí suma en positivo y el menos que reduce en este caso el valor de transmisión. El valor de transmisión será el resultado de restar al importe de la transmisión los gastos y tributos satisfechos cuando lo transmitas y que efectivamente pague el vendedor.
3ºPrincipalmente el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía municipal). Lo tiene que pagar el transmitente. Si se pacta que lo pague el adquirente, deberías sumarlo en lugar de restarlo. El IBI no se lo puede añadir.

4º Quiere decir que si en lugar de comprar, adquirió el bien por herencia o donación es este valor el que debe consignar como valor de adquisición, sino el precio. En cuanto a gastos de adquisición se refiere al ITP y AJD o al IVA que pagó cuando adquirió, al Impuesto de Sucesiones y Donaciones si lo adquirió por sucesión o donación.