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Venta de vivienda nueva (iva o itp)

5 respuestas
Venta de vivienda nueva (iva o itp)
Venta de vivienda nueva (iva o itp)
#1

Venta de vivienda nueva (iva o itp)

Hola tengo un gran dilema ya que poseo una vivienda de nueva construcción y el día 27 de este mes se realiza la escritura y no se que impuesto grava, si iva o itp. Expongo mi duda:

Antes de todo he de decir que soy empresa sl. La vivienda la construí yo y una vez terminada la alquilé con opción a compra, opción que una vez transcurrido el plazo del contrato que eran de 3 años, no se ejecutó la opción. 5 meses después se vuelve a alquilar con opción a compra (opción que puede ejecutarse en cualquier momento de la duración del contrato) y el día 27 de este mes tengo cita en la notaria para realizar la escritura. El comprador dice que el impuesto que grava esta compraventa son transmisiones y yo tengo la duda de si es transmisiones o iva. A ver si me podéis sacar de este dilema. Gracias
#2

Re: Venta de vivienda nueva (iva o itp)

Las primeras transmisiones de inmuebles siempre llevan IVA.
Es  más, como parece que aquí nunca hubo primera transmisión, el contrato de "alquiler con opción de compra" debería llevar IVA.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Venta de vivienda nueva (iva o itp)

Buenos días:

Es una vivienda usada, luego es de segunda mano.

Esta es la segunda adjudicación, ya que la primera la sociedad limitada la puso operativa mediante el alquiler.

Aquí hay dos consumidores uno es la Sociedad Limitada y el segundo es el nuevo comprador.

Al primero, le corresponde el IVA y al segundo ITP.

La realidad es que no es una vivienda nueva sino usada, pues estará registrada.

Saludos.
#4

Re: Venta de vivienda nueva (iva o itp)

Gracias por vuestra ayuda. He estado buscando por mi cuenta en consultas vinculantes con la agencia tributaria y he dado con una en la que me da la razón, al igual que el artículo 20.Uno.22º Ley 37/1992. Copio párrafos de dicha consulta en la que expone la solución a lo que era mi dilema:

 Ahora bien, debe significarse que el precepto se refiere de forma expresa a uso, entre otros, en virtud de contratos sin opción de compra; quiere ello decir que el uso en virtud de contratos con opción de compra, por muy dilatados o sucesivos en el tiempo que sean, no pueden agotar nunca la primera entrega. Este último aspecto es de gran importancia, ya que es determinante de que por más contratos que se sucedan de arrendamiento con opción de compra, seguirá siendo de aplicación la exclusión de la letra d´) del artículo 20.uno.23º de la Ley 37/1992, y, por tanto, estos arrendamientos seguirán estando sujetos y no exentos del Impuesto como vía de traslado al consumo final del valor añadido de la promoción inicial. En consecuencia, dado que la entrega de la vivienda por el promotor al arrendatario que la viene ocupando, en virtud de un contrato de arrendamiento con opción de compra, tiene la consideración siempre de primera entrega conforme a lo establecido anteriormente, el arrendamiento con opción de compra será una operación no exenta. No ha existido una entrega anterior por el hecho de que el promotor haya afectado al arrendamiento con opción de compra las viviendas inicialmente destinadas a la venta, pues, como se ha explicado anteriormente, estas operaciones no tienen la consideración de autoconsumo. 

Gracias de nuevo por vuestros comentarios.
#5

Re: Venta de vivienda nueva (iva o itp)

Buenos días
Al no haberse ejercitado la opción de compra en el primer arrendamiento, la posterior entrega o  venta se considerará primera entrega por lo que estará sujeta y no exenta a Iva.

La consulta vinculante V2418-14 te da la solución.

Un saludo
#6

Re: Venta de vivienda nueva (iva o itp)

Es con IVA. Como indica la consulta que aportas, las sucesivos arrendamientos con opción no agotan la primera entrega.