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Hay que declarar la venta de acciones en el IRNR?

14 respuestas
Hay que declarar la venta de acciones en el IRNR?
Hay que declarar la venta de acciones en el IRNR?
#1

Hay que declarar la venta de acciones en el IRNR?

Hola,
  soy residente en Dubai desde hace más de un año. Tengo una cuenta de valores en España y mi duda es si tengo que declarar en el IRNR las plusvalias por la venta de acciones de esa cuenta de valores. 

Muchas gracias de antemano,
Un saludo,
#2

Re: Hay que declarar la venta de acciones en el IRNR?

Si, todos los rendimientos e incrementos de patrimonio de bienes situados en España, se declaran en España en el IRNR

Un saludo

#3

Re: Hay que declarar la venta de acciones en el IRNR?

las ganancias de capital de acciones están sometidas solo en donde resides, Dubai, de acuerdo al convenio de doble imposición  (artículo 13.5)
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-1343
Si has recibido dividendos y te han retenido el 19%, podrías presentar el IRNR para que te devuelvan la diferencia con el 15% que marca el convenio.El plazo para presentarlo es:
 "a partir del 1 de febrero del año siguiente al de devengo de las rentas declaradas y dentro del plazo de cuatro años contados desde el término del período de declaración e ingreso de la retención. "
Lo mismo aplicaría a ganancias de fondos de inversión, si te han retenido, tendría que devolver todo, pues igual que las acciones, solo tributarían en el país de residencia.

EDITO:
Aunque me surge la duda de que puedas adquirir la residencia fiscal en los Emiratos, ¿lo tienes claro? parece que el artículo 4 del convenio restringe la residencia fiscal a nacionales de los Emiratos. Si fuera así, seguirías siendo residente en España y tendrías que presentar el IRPF, o si obtienes allí un certificado de residencia fiscal, al menos no aplicaría el convenio por la definición que hacen de "residente" y tendrías que declarar en el IRNR sin tener en cuenta el convenio.

#4

Re: Hay que declarar la venta de acciones en el IRNR?

Muchas gracias. Si, tengo la residencia fiscal aquí en Dubai. 
#5

Re: Hay que declarar la venta de acciones en el IRNR?

OK, pero como te comentaba, parece que el convenio de doble imposición solo aplica a los nacionales de Dubai; por tanto, te correspondería presentar el IRNR en las condiciones generales del mismo, pagando el 19% por las ganancias de acciones y dividendos, esto es, no te aplican lo que dice el convenio de tributar solo en Dubai las ganancias y el tipo del 15% para dividendos.
Si tienes acceso a algún abogado que dé apoyo en temas de expatriados, te diría que lo consultes a ver si esta interpretación es correcta.
#6

Re: Hay que declarar la venta de acciones en el IRNR?

Hay una consulta vinculante de la DGT, precisamente sobre Emiratos, acerca de la obtención de la residencia fiscal https://www.iberley.es/resoluciones/resolucion-vinculante-dgt-v1497-16-11-04-2016-1437658

Yo también soy residente fiscal en Emiratos y por lo que entiendo es que hay declarar la venta de acciones en el IRNR si el broker está en España. Yo en mi caso, he hecho una venta a través de Degiro y, salvo error por mi parte, no tengo que declarar la plusvalía en España. 

Aprovecho el hilo para hacer una consulta, sabéis si los cónyuges, que no trabaja en el país, obtiene la residencia fiscal también o debe seguir declarando por el IRPF. Yo creo que obtiene la residencia fiscal por el hecho de vivir más de 180 dias fuera de España, intereses económicos y familiares están fuera de España, pero como lo justificas si el país, en este caso Emiratos, no te da el certificado de residencia fiscal.
#7

Re: Hay que declarar la venta de acciones en el IRNR?

efectivamente las operaciones en DeGiro no irían por el IRNR español, pues DeGiro no tiene residencia en España y tú tampoco. El IRNR aplicaría a una cuenta en el broker ING español, Clicktrade,etc.
Sobre la residencia del cónyuge, la consulta vinculante que copias divaga sobre ese tema: puede aportarse otro tipo de pruebas que demuestren la estancia en el otro país, aunque no queda claro si entre esas pruebas debe aportarse además la legislación que demuestra que se convierte en residente fiscal en ese país, aunque las autoridades no quieran emitir el certifidaco.
#8

Re: Hay que declarar la venta de acciones en el IRNR?

Bacalo, como gran experto que veo que eres en estos temas, aprovecho para preguntarte por un caso parecido: si una persona es no residente en España (vive en Bélgica) y obtuvo ganancias por ventas de acciones tanto de empresas nacionales como extranjeras, todas gestionadas por ING, las nacionales entiendo que sí debe declararlas en el 210 (sin pagar nada), pero qué pasa con las otras? Por ejemplo, de empresas holandesas, americanas... todo eso ¿se declararía en la declaración de la renta belga?

Cómo controla Hacienda que efectivamente declaras esas ganancias no españolas en la declaración de renta belga?

No pedirá un certificado de residencia fiscal belga cuando presente el 210 y vea que marco la casilla del Convenio?

Gracias por tu inestimable ayuda en estos temas tan complejos.
#9

Re: Hay que declarar la venta de acciones en el IRNR?

no, no hay diferencia en las ganancias en acciones según el país de la empresa. En los convenios de doble imposición en Europa, se suele establecer que declaras las ganancias donde residas.
Por tanto, todo en Bélgica.
En España serían los dividendos, es lo que tendrías que declarar en el 210, porque el convenio sí permite gravarlos al 15%.
#10

Re: Hay que declarar la venta de acciones en el IRNR?

Gracias, Bacalo

Lo de las retenciones de los dividendos me confunde un poco, porque a mi mujer (Bélgica) le retiene la cartera de valores del Santander un 35% por vender acciones belgas desde esa cartera que está en España. Ahí ya nos perdemos y en internet no encuentro ninguna explicación. 
#11

Re: Hay que declarar la venta de acciones en el IRNR?

ese 35% debería ser  retención en origen, de la Hacienda belga, y debería ser por dividendos. 
Tenéis que mirar cómo se declara en la declaración de la renta de allí. Mira bien a ver si es por dividendos, o a lo mejor la Hacienda belga sí obliga a retener por venta de acciones, pero sería la primera vez que lo veo en un país. Jamás me han retenido por vender acciones de ningún país.
#12

Re: Hay que declarar la venta de acciones en el IRNR?

Perdona, he mezclado conceptos. No es venta de acciones, se trata de dividendos, de compañía belga, pero gestionado por el Santander en España, de hecho se abrió la cuenta de valores en una oficina de Madrid. El ISIN que aparece en el papel que le manda el Santander es belga (BE), y aparece literalmente en dicho documento: "Retención país origen (34,99%): 38,92 euros".

Entonces mi gran duda es: esos 38,92 quién los retiene? Cuál es el "país origen", España o Bélgica?

¿No es una exageración que se retenga tanto, más de un tercio? Y no es especial de Bélgica, porque he leído que es un porcentaje a nivel comunitario. Más confusión aún.


#13

Re: Hay que declarar la venta de acciones en el IRNR?

es retención en origen, esto es, el país donde radica la empresa que paga el dividendo, que sería Bélgica, y parece que entonces la cuenta de valores en el Santander es de no residente en España, porque te hubieran retenido otro 19% en España. Luego olvídate de España, tienes que ponerlo en la declaración de Bélgica -el dividendo bruto y el impuesto pagado-.
En Europa, cada país retiene lo que le viene en gana. En Alemania el 28%, en Francia también anda por ahí.... El 19% de España es de lo más barato, y efectivamente en Bélgica es bastante alto, lo veo en comentarios de gente que está interesada en invertir en alguna empresa belga de barcos.
#14

Re: Hay que declarar la venta de acciones en el IRNR?

De acuerdo, ahora entiendo. Pero si es una cuenta de no residente, Hacienda española, en vez del 19% por los dividendos, no debería retenerle el 15% según el Convenio? Porque a los no residentes se les puede retener el 15 en lugar del 19, pero das a entender que no tendrían que retenerle nada, y pagar solo en Bélgica. Para las ventas de acciones entiendo que es así, solo en el país donde vive, pero con los dividendos tenía entendido que España también puede retenerle. Quizá lo dices porque las acciones son de empresa NO española, aunque estén en España?

Menudo lío.
#15

Re: Hay que declarar la venta de acciones en el IRNR?

Te tendrían que retener 15% por los dividendos de acciones españolas.