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Declaración IRPF 2019: arrendamiento de inmueble accesorio
Buenas noches.
Los inmuebles con diferente referencia catastral que se alquilan conjuntamente con otro se denominan inmuebles accesorios. Por ejemplo el trastero de un piso que tenga diferente referencia catastral que el piso y se alquile conjuntamente con él.
Este año ha cambiado la forma de introducir los datos de los inmuebles accesorios. Ahora obligan a declarar por separado el valor de compra de ambos inmuebles (principal y arrendado).
Yo tengo un piso y un trastero comprados conjuntamente (una única escritura, un único precio de compra) y arrendados conjuntamente (un único precio de alquiler).
¿Cómo declaro este año cuál es el valor de compra del piso y cuál el del trastero si no existen dichos precios, dado que se compraron conjuntamente?
Gracias por adelantado.
Un saludo.
Los inmuebles con diferente referencia catastral que se alquilan conjuntamente con otro se denominan inmuebles accesorios. Por ejemplo el trastero de un piso que tenga diferente referencia catastral que el piso y se alquile conjuntamente con él.
Este año ha cambiado la forma de introducir los datos de los inmuebles accesorios. Ahora obligan a declarar por separado el valor de compra de ambos inmuebles (principal y arrendado).
Yo tengo un piso y un trastero comprados conjuntamente (una única escritura, un único precio de compra) y arrendados conjuntamente (un único precio de alquiler).
¿Cómo declaro este año cuál es el valor de compra del piso y cuál el del trastero si no existen dichos precios, dado que se compraron conjuntamente?
Gracias por adelantado.
Un saludo.