Buenas noches, yo de Lleida y en un Erte, por el covid-19, no he cobrado aún los 100€, he encontrado esto en la web del sepe:
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Si su empresa le incluye en un procedimiento de regulación de empleo tiene que darle de baja en la Seguridad Social únicamente si es regulación de empleo de extinción de la relación laboral.
En el caso de suspensión, su relación laboral no se encuentra finalizada, sino suspendida, por lo que la empresa no tiene que darle de baja.
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Entiendo que si es un Erte, es suspensión de contrato temporal, no extinción, por lo que la empresa no te da de baja y entonces tienen que pagarnos la ayuda de 100€ por madre trabajadora, supongo que llegarán atrasadas por todo el lío.... espero aclarar dudas y andar en lo cierto