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Resolución parcial de la Plusvalía Municipal por el TS

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Resolución parcial de la Plusvalía Municipal por el TS
Resolución parcial de la Plusvalía Municipal por el TS
#1

Resolución parcial de la Plusvalía Municipal por el TS

Buenas noches:

El Tribunal Supremo repite, en la STS 2499/2018, la doctrinal del Tribunal Constitucional, pues no puede ser de otra manera.

El caso que trata la sentencia es un caso muy complejo. Se trata de un banco y una compra con leasing.

En esta sentencia solamente dice que tabla del art.107-4 siguen vigentes, cuando si hay incremento de valor real. 

Pero en la página 16 de la sentencia:

"...En relación con este último supuesto, esta Sala es consciente de que pudieran darse casos en los que la plusvalía realmente obtenida por el obligado tributario fuera tan escasa que la aplicación de los artículos 107.1 y 107.2 a) del TRLHL pudiera suscitar dudas desde la perspectiva del artículo 31.1 CE . La cuestión, sin embargo, no se nos ha planteado aún y tampoco ha sido resuelta por el Tribunal Constitucional en la STC 59/2017 ".

Si es tan escas la plusvalía y la base imponible invade valor de adquisición colisionaría seguiría colisionando con l art.  31.1 de la CE. No se puede gravar más de la capacidad generada.

En el caso de las herencias, las mayores de 20 años siguen sin estar sujetas, ya que el legislador en 1.988 fue consciente de que las personas fallecen y no van a obtener por la mera tenencia del inmueble beneficios del 150 %, que es lo que representa el 60 % de aplicación al valor catastral del inmueble en el momento de la transmisión.

No es cierto de que solamente te libras sino hay pérdidas. Los incrementos de escasa cuantía no están resueltos cierto. Pero las tablas no sirven para demostrar el verdadero valor real. En este sentido se indica la STS 2186 2018. 

El art. 31.1 protege de que no te graven capacidad que no tienes.

En este sentido, cuando no hay pérdidas pero los incrementos son escasos también se aplica. 

Para las familias por herencia, después de 20 años no hay IIVTNU. Tampoco hay plusvalía para otras transmisiones de más de 20 años,ya que se acaba la tabla del art. 107-4 del TrLRHL.

Las transmisiones de más de 20 años no tienen que demostrar nada, porque así lo ha querido el legislador: No están sujetas

Saludos: 

#2

Re: Resolución parcial de la Plusvalía Municipal por el TS

Me parece muy interesante esta información.

Nosotros hemos pagado una plusvalía por herencia de un inmueble que tuvo mi padre durante 33 años un buen pellizco.

Entiendo que esto me lo podrían devolver.

Además tengo otros casos.

Podría facilitarme algún contacto que me informe bien y que me lo pudiera trabajar ?