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Herencia y subsidio

56 respuestas
Herencia y subsidio
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Herencia y subsidio
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#46

Re: Herencia y R.A.I

Del dinero que tienes en el banco se hallaría el 3% y esa cantidad se dividiría entre 12 meses para saber lo que se considera ingreso mensual a efectos del subsidio.
Para cobrar la RAI no puedes tener ingresos propios superiores a 712,50 euros al mes, pero también los ingresos de la unidad familiar no pueden superar 712,50 euros al mes por persona.
Con esa cantidad en el banco no supondría problema.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#47

Re: Herencia y R.A.I

Hola franjgr. @leopold
En su momento me llamaron por teléfono del SEPE para que acuda a la oficina .
No puedo establecer contacto con ellos por ninguna vía , por lo del covid 19
Sabeis si las administraciones públicas han cerrado al público 
#48

Re: Herencia y R.A.I

Hola.
 Aqui en La Coruña estan cerradas las oficnas del Sepe.

 Hasta nuevo aviso. Si miras por internet hay un numero de telefono para poder llamar.

Un saludo.
#49

Re: Herencia y R.A.I

La atención al publico de forma "Presencial", esta cerrada en toda España.
1Sld.
#50

Re: Herencia y R.A.I

La atención al público está cerrad en todas las oficinas del SEPE porque no está permitido que la gente salga a la calle para esta actividad.
La atención es telefónica a través de las oficinas virtuales, aquí http://www.sepe.es/SiteSepe/contenidos/que_es_el_sepe/publicaciones/pdf/pdf_sobre_el_sepe/carta_servicios_t.pdf podeis consultar el de vuestra provincia, aparte del 901 11 99 99 que es para toda España. No obstante, estas oficinas virtuales están colapsadas en tanto se pone más gente con esta tarea y se habilitan horarios más amplios.
Las solicitudes se pueden hacer también por correo electrónico, pero debería ponerse en contacto con su oficina para que le faciliten el protocolo y el correo electrónico al que se pueden enviar.
No obstante, los plazos están suspendidos en tanto dure el estado de alarma por lo que nadie será considerado fuera de plazo por esta razón.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#51

Re: Herencia y R.A.I

Muchas gracias
#52

Re: Herencia y subsidio

Hola 
Para la Renta imputable por cada inmueble, cuando se aplica el 2% del valor catastral se divide entre 12 meses?
Gracias
#55

Re: Herencia y subsidio

Hola. Estoy cobrando una ayuda familiar y mi marido ha recibido un dinero de una herencia. Tengo que comunicarlo al SEPE? 
#56

Re: Herencia y subsidio

Por supuesto.
No obstante, no hay obligación si el ingreso no supone causa de suspensión del subsidio, o sea que el ingreso dividido entre 12, sumado a todos los ingresos habituales de la familia, no supera el límite de 712,50 por persona. Ante la duda, mejor comunicarlo, hay de plazo hasta la siguiente prorroga del subsidio.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#58

Re: Herencia y subsidio

Fran algunas dudas al respecto de este tema:

- Cuando se acepta la herencia de un inmueble ante notario hay que comunicar al Sepe en todo caso? aunque aplicando el rendimiento presunto de dicho inmueble no haga superar el tope de rentas?

- Y cuando dicho inmueble se venda hay que comunicarlo otra vez? Un sólo hecho, como es esa herencia, provocaría dos suspensiones del subsidio, primero por la aceptación y después por la venta?

- Para aplicar el rendimiento presunto a ese inmueble qué se tiene en cuenta el valor catastral o el valor que se le da en la aceptación de herencia y se liquida el impuesto de sucesiones?

Gracias!
#59

Re: Herencia y subsidio

1) NO, 
a no ser que el rendimiento presunto del inmueble provoque el estar en situación de suspensión.
2) Solo cuando se venda y siempre que haya situación de suspensión. 
3) Valor catastral.