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Valor de adquisición y valor de transmisión

6 respuestas
Valor de adquisición y valor de transmisión
Valor de adquisición y valor de transmisión
#1

Valor de adquisición y valor de transmisión

Hola, en el caso de que has heredado una casa el valor de transmisión es el valor declarado en la escritura de aceptación de herencia más la plusvalía municipal que has pagado más otros gastos. Es correcto?

En el valor de transmisión, hay que tener en cuenta algo de amortización?

Muchas gracias de antemano

#2

Re: Valor de adquisición y valor de transmisión

El valor de adquisición no es el de aceptación de herencia sino el del I. de Sucesiones (IS), más la parte proporcional del propio IS, más plusvalía más otros gastos inherentes.

En el de transmisión hay que restar la amortización si estuvo alquilado.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Valor de adquisición y valor de transmisión

entiendo que te refieres en el primer párrafo a "valor de adquisición", y sería correcto lo que citas: valor declarado en Sucesiones + tributos+ otros gastos (notaría, registro..).

Para el valor de transmisión en el caso de venta posterior del inmueble, aplicaría amortización para aquellos periodos en que haya estado alquilada la vivienda, con independencia de que lo hayas deducido como gasto en el IRPF en cada momento.

La amortización en los últimos años es del 3% y se calcula sobre el mayor de: valor catastral sin el valor del suelo, o coste de adquisición satisfecho correspondiente solo a la construcción (se puede calcular proporcionalmente a lo que refleje el valor catastral para suelo/construcción), y en el caso de vivienda heredada lo satisfecho es solo lo efectivamente desembolsado (los tributos y otros gastos y mejoras posteriores; no cuenta el valor declarado).

 

#4

Re: Valor de adquisición y valor de transmisión

Hola, sí, perdonad, quería escribir valor de adquisición.

Es para saber exactamente si tenemos o no ganancia patrimonial en la venta para poder recurrir en el futuro la plusvalía municipal de la venta. Las cifras están muy justas si escrituramos por lo real y quería asegurarme de poder tener en cuenta esos gastos inherentes.

Muchas gracias.

#5

Re: Valor de adquisición y valor de transmisión

Hola, perdonad otra duda. Si la vivienda se adquirió por herencia pero en nuda propiedad siendo por ejemplo su valor en herencia 100.000€ y su nuda propiedad 80.0000€ , mi valor de adquisición es 80.000€ no?.

Si es así, que pasa con esos 20.000€ si el usufrutuario ha fallecido ya y tengo el pleno dominio?Tengo que tenerlo en cuenta en mi valor de adquisición?

Muchas gracias de antemano.

#6

Re: Valor de adquisición y valor de transmisión

Pues leyendo por ahí, he visto que en este caso

VAlor de adquisición = valor de nuda propiedad + valor de usufructo.
Vamos, que es como si en la herencia no hubiese habido usufructuario.

A ver si alguien me lo confirma.

Respecto a sumar los gastos del impuesto de sucesiones. Se indica el valor teorico que da el impuesto de sucesiones o el valor real que pagamos teniendo en cuenta que lo he pagado con una bonificación del 99%?

#7

Re: Valor de adquisición y valor de transmisión

Si lo vendes una vez que ya has consolidado el pleno dominio, es como dices, como si no hubiera habido usufructo. Valor de adquisición, el de la herencia al 100%, igualmente, fecha de adquisición, la del fallecimiento.

Los gastos se suman en el año en que se pagan, por lo que tendrás gastos del año del fallecimiento y gastos del año de la consolidación de dominio.

Por supuesto que se tienen en cuenta los efectivamente pagados, nada de teóricos.

Un saludo