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Cálculo amortización vivienda alquilada. Ostros gastos fiscalmente deducibles.

49 respuestas
Cálculo amortización vivienda alquilada. Ostros gastos fiscalmente deducibles.
2 suscriptores
Cálculo amortización vivienda alquilada. Ostros gastos fiscalmente deducibles.
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#16

Re: Cálculo amortización vivienda alquilada. Ostros gastos fiscalmente deducibles.

Muchas gracias , 

 

Una ultima pregunta , podria tambien incluir gastos de comunidad adeudados en ese calculo ? 

Pague unos 8mil euros de gastos de comunidad que eran ''cargas'' 

 

Saludos

#17

Re: Cálculo amortización vivienda alquilada. Ostros gastos fiscalmente deducibles.

Entiendo que si, que son mas valor de adquisición

Un saludo

#18

Re: Cálculo amortización vivienda alquilada. Ostros gastos fiscalmente deducibles.

Para el cálculo del procentaje que le corresponde al valor de construcción es correcto utilizar el IBI del año de la compra?

#19

Re: Cálculo amortización vivienda alquilada. Ostros gastos fiscalmente deducibles.

Buenas. 

Mensaje para Manuluxe.

Cuando compras una casa has de sumar todos los gastos que te ha ocasionado comprarla, impuestos, IVA, notaría, agencia, etc,

Yo también le meto los gastos de formalización de la hipoteca como notaría, registro. etc,

Ten en cuenta  que los gastos de financiación y los , intereses se deducen el exceso en los 4 años siguientes. Sólo has de poner los intereses anuales que pagas en los años siguientes. Yo por ello meto los gastos de mejora como poner un ascensor cuando no había, los gastos de formalizar la hipoteca como valor del piso.

Todo suma y ese dinero invertido da más valor a tu casa

Para dudas te aconsejo que llames a HDA, es lo que yo hago Tfno.915548770

#20

Re: Cálculo amortización vivienda alquilada. Ostros gastos fiscalmente deducibles.

Buenas.

El IBI para calcular el valor de la construcción es del año en que haces la declaración. 

De todas formas es un valor constante. Yo he revisado mis declaraciones y siempre en el IBI es el mismo %

Si aplicas la formula de HDA, es rápido el resultado.

3% x precio de compra (incluidos todos los gastos para su adquisición) x valor de la construcción / catastral total x nº de días que alquilas / 365 ó 366 días

#21

Re: Cálculo amortización vivienda alquilada. Ostros gastos fiscalmente deducibles.

Seguramente sólo puedas aplicar ese gasto de comunidad el año en que compraste la casa como otros gastos fiscalmente deducibles,

De todas formas habrá que esperar las novedades para la declaración del 2018

 

#22

Re: Cálculo amortización vivienda alquilada. Ostros gastos fiscalmente deducibles.

Pero lo que se deduce son los gastos de amortización de la hipoteca hasta ese tope del 3% no? No el 3% que calculais directamente...

#23

Re: Cálculo amortización vivienda alquilada. Ostros gastos fiscalmente deducibles.

Y otra pregunta, si se toma como referencia para calcular el 3% el valor catastral en lugar del valor de compraventa, se tomaria el valor catastral total ( construccion y suelo) o también aquí habría que restar el valor del suelo?

#24

Re: Cálculo amortización vivienda alquilada. Ostros gastos fiscalmente deducibles.

La ley decía que es el 3% del  mayor de los siguientes valores: coste de adquisición satisfecho, o valor catastral  excluido  valor del suelo. Es lo mismo que coger el recibo del IBI y poner el 3% de la construcción ( valor total = es suelo, más construcción).

Tengo que ver la renta de este año, pero no creo que haya cambiado.

#25

Re: Cálculo amortización vivienda alquilada. Ostros gastos fiscalmente deducibles.

Pone esto:

- Cantidades destinadas a la amortización de la vivienda: esta cantidad a amortizar no puede superar el 3% anual, que se aplica sobre el mayor del valor de compra o de valor catastral. Por ejemplo, si un inmueble costó 100.000 euros, su valor catastral es de 45.000 euros, y el valor del terreno supone un 30% del total, la amortización del 3% anual deberá aplicarse sobre el importe de 70.000 euros (100.000 – 30%).

 

 

#26

Re: Cálculo amortización vivienda alquilada. Ostros gastos fiscalmente deducibles.

No trabajo en hacienda, pero te estas liando. La amortización de la hipoteca no tiene que ver con ello. 

De la hipoteca te deduces los intereses exclusivamente en el año que la presentes.

En la amortización sumas todo lo que te ha costado comprar la casa, incluido notaría, registro ITP., gastos de agencia SIN INCLUIR EL SUELO., En caso de herencia solo tiene consideración el coste de adquisición satisfecho, la parte de los gastos y tributos inherentes a la adquisición que corresponda a la construcción así como la totalidad de las inversiones y mejoras efectuadas,

Por ello Hacienda aplica la formula que mandé anteriormente.

#27

Re: Cálculo amortización vivienda alquilada. Ostros gastos fiscalmente deducibles.

Gracias, no lo tenía claro, por lo de las cantidades destinadas a la amortización de la vivienda, pensaba que se refería a las cantidades amortizadas de hipoteca, pero veo que no.

 

#28

Re: Cálculo amortización vivienda alquilada. Ostros gastos fiscalmente deducibles.

Hay que leer entre líneas. Te está diciendo lo mismo que yo, lo que pasa que ves la coletilla anual. Te deduces del 3% de amortización de la vivienda HASTA 33 AÑOS. 

Tu multiplicas 3% por 33 años te deducirías el 100 %, al igual que te deduces el 10 % del mobiliario durante 10 años que daría el 100%.

Siempre te deduces del 3%. Arriba te está calculando igual que mi formula=

3% x precio de compra x valor de la construcción  del recibo del IBI/ catastral total x número de días que alquilas / 365 días

3%x 100,000x   (70% es construcción)31500   /45000 x 365/365 = 70.000

De ese resultado aplicas el 3% y como veras es lo que dicen ellos, pero es más fácil con la fórmula que me dieron desde hacienda.

#29

Re: Cálculo amortización vivienda alquilada. Ostros gastos fiscalmente deducibles.

Mil gracias!!!

#30

Re: Cálculo amortización vivienda alquilada. Ostros gastos fiscalmente deducibles.

Hola!

Para la fórmula

3/100   x   ( precio de compra + gastos )   x   valor construcción / valor catastral   x   nº días alquilado / 365

¿se coje el valor de construcción y el catastral del año de compra o el que aparece en la web del catastro? aún no he recibido el IBI

 

gracias