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Desgavación vivienda habitual

6 respuestas
Desgavación vivienda habitual
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Desgavación vivienda habitual
#1

Desgavación vivienda habitual

Si un contribuyente desgrava su hipoteca en el ejercicio/2015 por el importe total del año, pero tuvo que cambiar de domicilio y provincia por razones de trabajo a otra Comunidad el día 02/09/2015.
Es correcta la desgravación total (9040,00) o debería prorratear (9040/12*8,16= 6147,20)
Gracias anticipadas y Saludos cordiales

#2

Re: Desgavación vivienda habitual

Se puede deducir por las cantidades pagadas hasta 02.09.15.

Un saludo.

#3

Re: Desgavación vivienda habitual

Gracias Batiscafo, pero existe algún art. o reglamento que sustente tu comentario?, porque yo entendía(tal como dice AET) que la vivienda habitual para tener tal condición tenias que residir 183 días al año, y en el caso que nos ocupa serian 243 días.
Gracias de nuevo y Saludos cordiales

#4

Re: Desgavación vivienda habitual

Lo he leído en consultas vinculantes.

Y si lees la normativa te dice que puedes deducirte por las cantidades que pagues para la adquisición de tu vivienda habitual. Si hasta 02.09.15 es tu vivienda habitual, está claro que es por las cantidades pagadas hasta esa fecha. Y puede ser en enero o en diciembre cuando deje de serlo. En ambos casos sería aplicable la deducción por las cantidades pagadas.

Y entiendo que se cumplen los requisitos para practicarse la deducción por vivienda habitual hasta la fecha en que dejó de serlo.

Un saludo.

#5

Re: Desgavación vivienda habitual

Yo no lo entiendo así.
Al haber pasado más de 183 días en esa vivienda se considera que en TODO el 2015 ÉSA y no otra es su vivienda habitual. Por lo tanto entiendo que puede desgravar las 12 mensualidades.
Este año 2016 si ha pasado más de 183 días en su nueva vivienda ya no podrá desgravar nada.
Esa es mi interpretación.

Un saludo

#6

Re: Desgavación vivienda habitual

Imagina que estás ocupando tu vivienda habitual hasta 30.06.16 y pagando las correspondientes cuotas hipotecarias.

En esa fecha, vendes la vivienda y te vas a otra que has comprado.

La Agencia Tributaria te va a estar muy agradecida si no te deduces las cuotas pagadas hasta 30.06.16.

Un saludo.

#7

Re: Desgavación vivienda habitual

Puedes deducirte los importes pagados en la cuotas hipotecarias, hasta que dejes la residencia habitual.

Si han pasado mas de 183 días en esta residencia, si cambias de Comunidad Autónoma, debes presentar la Declaración en dicha Comunidad, por ser donde mas tiempo has residido en el ejercicio.

La condición de vivienda habitual se obtiene : Si la ocupas antes de transcurridos 12 meses desde su adquisición - Si la mantienes ocupada al menos durante los TRES años siguientes a la primera ocupación, salvo fuerza mayor que te obligue al traslado ( el cambio de trabajo es una de ellas).

No existen mas condiciones para que sea considerada fiscalmente deducible la vivienda habitual.

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/_Segmentos_/Ciudadanos/Vivienda/Tributacion_de_la_compra_de_la_vivienda/Deduccion_por_inversion_en_vivienda_habitual/Condiciones_y_requisitos_de_caracter_general.shtml

Saludos