Re: Regla de los dos meses al comprar acciones
Lo que yo te he entendido, no es que tengas pérdida latente de 10.000 euros, sino que tuviste pérdida real que no pudiste aplicar porque recompraste antes de los dos meses.
Y no hay plazo de cuatro años para compensar las pérdidas pendientes de aplicar. La normativa solamente dice que se "integrarán a medida de que se transmitan los valores o participaciones que permanezcan en el patrimonio del contribuyente".
Y la solución práctica, la tienes muy sencilla si has trabajado con paquetes de 3.000 acciones. Vendes ahora y dejas ese valor con cero acciones en los dos siguientes meses. Puedes aplicarte todas las pérdidas de ese valor.
Un saludo.