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Deducción por hijos sin vínculo matrimonial ni convivencia tras ruptura 2015 - Impuestos

6 respuestas
Deducción por hijos sin vínculo matrimonial ni convivencia tras ruptura 2015 - Impuestos
Deducción por hijos sin vínculo matrimonial ni convivencia tras ruptura 2015 - Impuestos
#1

Deducción por hijos sin vínculo matrimonial ni convivencia tras ruptura 2015 - Impuestos

El siguiente caso trata de 2 hijos tras relación sin vínculo matrimonial que ya no conviven. Está pendiente de sentencia por manutención por hijos y convenio regulador. La duda que se me plantea, es si la parte que no convive con los hijos puede tener derecho al 50 % de la deducción por hijos o solamente la parte que convive con ellos puede deducirse al 100 %.

#2

Re: Deducción por hijos sin vínculo matrimonial ni convivencia tras ruptura 2015 - Impuestos

Buenos días,

si hay custodia compartida (los hijos viven a medias con cada uno de los padres), cada uno tiene derecho a deducirse el 50% de los hijos. Si los hijos solamente conviven con uno, es ese el que se los deduce.

Te adjunto distintos casos sobre diferentes situaciones familiares y cómo declarar a los hijos en la declaración de la renta.

https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/2207404-deduccion-hijos-pareja-no-casada

https://www.rankia.com/blog/irpf-declaracion-renta/1745532-pension-compensatoria-anualidades-por-alimentos-declaracion-renta

https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/1272153-duda-vinculacion-hijos-padres-divorciados

https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/1815992-minimo-por-descendiente-pensiones-alimenticias-padres-divorciados

https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/1814038-como-incluir-hijos-declaracion-divorciados

Un saludo.

#3

Re: Deducción por hijos sin vínculo matrimonial ni convivencia tras ruptura 2015 - Impuestos

Estimada Ana, muchas gracias por todo. Sólo quería ampliar la información. Mi hermano mantiene la patria potestad junto con la madre de los niños. No tienen vínculo matrimonial ni de pareja de hecho. Solamente dos hijos. Por desavenencias, desde hace 2 años ya no conviven. Los hijos viven con la madre. Mi hermano entrega una cantidad por manutención todos los meses sin haber sentencia judicial. Está pendiente en juzgado para este mes la vista para emitirse sentencia, con importe mensual a pagar y el régimen de visitas y pernoctación que tendrán los hijos de mi hermano. La guarda y custodia la tendrá su expareja. Pero pasarán 1 0 2 días con su padre a la semana. ¿Podría deducirse por los hijos al 50 % en el IRPF la deducción familiar aparte de las cantidades que abone a partir de la sentencia, ya que creo que las que viene pagando sin sentencia no pueden deducirse? Muchas gracias

#4

Re: Deducción por hijos sin vínculo matrimonial ni convivencia tras ruptura 2015 - Impuestos

Buenos días,

no es lo mismo repartirlos al 50% del tiempo que 8 días al mes. No obstante, ya que van a juzgado y todo, seguro que podrán preguntarlo. De todas formas, para la declaración de la renta que toca ahora, como el año pasado no se dio la sentencia, no entra. 

Las pagas que pueda pasar tu hermano, sin sentencia, no se pueden deducir.

Un saludo.

#5

Re: Deducción por hijos sin vínculo matrimonial ni convivencia tras ruptura 2015 - Impuestos

El último párrafo del punto 1 del artículo 58 de la Ley 35/2006 dice:

Asimismo, se asimilará a la convivencia con el contribuyente, la dependencia respecto de este último salvo cuando resulte de aplicación lo dispuesto en los artículos 64 y 75 de esta Ley.

Los artículo 64 y 75 se refieren a las anualidades por alimentos satisfechas por decisión judicial, por lo tanto se podría entender que si hace pagos sin mediar sentencia se asimila a convivencia y se podría aplicar el mínimo por los hijos que dependen.

Saludos.

#6

Re: Deducción por hijos sin vínculo matrimonial ni convivencia tras ruptura 2015 - Impuestos

Entiendo, usuario Harko, que mi hermano puede cumplimentar y poner a sus hijos como descendientes al 50 %, aunque no haya convivido con éllos y abonado sin sentencia judicial (pendiente de sentencia judicial) la cuota mensual que pactaron verbalmente los progenitores de los niños aunque no haya habido vínculo matrimonial ni de pareja de hecho. Muchas gracias

#7

Re: Deducción por hijos sin vínculo matrimonial ni convivencia tras ruptura 2015 - Impuestos

El manual de renta 2015 dice exactamente lo siguiente al respecto del requisito de la convivencia:

"Que el descendiente conviva con el contribuyente. En los supuestos de separación matrimonial legal, cuando la guarda y custodia sea compartida, el mínimo familiar por descendientes se prorrateará entre ambos padres, con independencia de aquél con quien estén conviviendo a la fecha de devengo del impuesto. En caso contrario el mínimo familiar por descendientes corresponderá a quien, de acuerdo con lo dispuesto en el convenio regulador aprobado judicialmente, tenga atribuida la guarda y custodia de los hijos en la fecha de devengo del impuesto (normalmente, el 31 de diciembre), por ser esta la persona con la que los descendientes
conviven.
No obstante, en ese caso debe tenerse en cuenta que desde el 1 de enero de 2015 se asimila
a la convivencia la dependencia económica, salvo que se satisfagan anualidades por alimentos a favor de dichos hijos que sean tenidas en cuenta para el cálculo de la cuota íntegra."

Saludos.