Staging ::: VER CORREOS
Acceder

Duda tributacion (acciones propia empresa)

2 respuestas
Duda tributacion (acciones propia empresa)
Duda tributacion (acciones propia empresa)
#1

Duda tributacion (acciones propia empresa)

Hola,

En la empresa donde trabajo me han dado como incentivo unas acciones (de la propia empresa). Me pregunto eso como tributa:
- como si fuera un ingreso adicional, según el valor a mercado de las acciones el dia de la entrega (tipo marginal IRPF)
- O cuando las venda , suponiendo un precio compra = 0 (como una operación de bolsa)

Gracias de antemano x cualquier información.

SL2

#2

Re: Duda tributacion (acciones propia empresa)

Dependerá de que se cumplan o no las condiciones legales para estar exento el rendimiento en especie.
Ver art 43 del Reglamento de IRPF.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Duda tributacion (acciones propia empresa)

-Como tu dices, las debes de declarar como si fueran un ingreso más en el apartado de rendimientos de trabajo personal, casilla retribuciones en especie.
Si se cumplen ciertos requisitos, se consideran rentas exentas. y no tendrías que declararlas. Te copio de la página web de la Agencia Tributaria en el apartado Preguntas frecuentes (INFORMA).:

136358-ENTREGA DE ACCIONES A TRABAJADORES: REQUISITOS PARA LA EXENCIÓN

Pregunta

¿Cuales son los requisitos establecidos para que la entrega de acciones o participaciones a los trabajadores tenga la consideración de rendimiento del trabajo en especie exento?
Respuesta

Para que la entrega de las referidas acciones o participaciones tenga la consideración de rendimiento del traajo en especie exento deberán cumplirse los siguientes requisitos:

La exención se limita a la parte que no exceda, para el conjunto de las entregas a cada trabajador, de 12.000 euros anuales.
Los beneficiarios de la entrega de acciones o participaciones deben ser los trabajadores en activo de la sociedad. Ello implica, en el caso de un plan de concesión de opciones sobre acciones, que si se ejercitan las opciones sin tener la condición de trabajador activo, aun cuando la hubiera tenido en el momento de la concesión de las opciones, no se aplica la exención.
Que la oferta se realice dentro de la política retributiva general de la empresa o del grupo, que contribuya a la participación de los trabajadores en la empresa.
Que el trabajador, junto con el cónyuge o familiares hasta segundo grado no tengan una participación directa o indirecta, en la sociedad en la que prestan sus servicios en cualquier otra del grupo, superior al 5%.
Que los títulos se mantengan, al menos, durante tres años.

-Cuando vendas las acciones, el precio de adquisición será el valor que tengan a fecha de la entrega.

Un saludo.