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Embargo judicial. Pagar deuda pendiente a un familiar, fiscalidad de ese pago

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Embargo judicial. Pagar deuda pendiente a un familiar, fiscalidad de ese pago
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Embargo judicial. Pagar deuda pendiente a un familiar, fiscalidad de ese pago
#1

Embargo judicial. Pagar deuda pendiente a un familiar, fiscalidad de ese pago

Hola a tod@s.

Llevo un rato mirando por internet, pero cómo no encuentro información, querría preguntaros a ver.

Mi hermano tiene una deuda hace años con el BBVA de casi 5.400 euros. Esa deuda surge de cuando le embargaron el piso por impago de la hipoteca, se subastó, se vendió, pero quedó por deberle al banco esa cantidad. Evidentemente cómo mi hermano no tenía ni un sólo ingreso ni nada a su nombre para hacer frente a esa deuda, con el tiempo quedó embargado, y hace años que está asi.

Mi madre, ya sabeis cómo son, querría quitarle la deuda a mi hermano, después de tantos años arrastrándola, son cerca de 10 años. Ya nos hemos informado en el juzgado, hay que ir a una oficina del Santander, el banco en España encargado de las cuentas judiciales, y en una cuenta determinada, con el código del expediente de mi hermano, ingresar esos 5.400 euros. Después sigue el proceso.

Pero claro, a mi me surge una duda sobre la fiscalidad. Mi hermano actualmente tiene una ayuda de 426 euros mensuales (renta mínima de inserción - PIRMI) con el que tira lo que puede. Hacienda evidentemente sabe que mi hermano no tiene ni un duro. Si mi madre ingresa a su favor, por la deuda que tiene, ese dinero, lo puede interpretar cómo donación de ese dinero a mi hermano, y que luego le puedan buscar las cosquillas a mi madre? Porque claro, mi madre aunque sea ella quien pague, le está pagando la deuda a él, es como si le donara el dinero para quitarle la deuda.

Porque imagino que Hacienda investigará y rastreará de donde ha salido el dinero para pagar esa deuda, si el embargado no tiene ningún ingreso ni puede hacer frente a ello. Mirará y verá que su madre ha sacado de su cuenta de La Caixa (donde tienen los ahorros), 5.400 euros y se han ingresado en la cuenta judicial del Santander a beneficio de una deuda de su hijo.

Para hacerlo bien, cómo habría que hacer ese ingreso en la cuenta judicial? Lo que no queremos es que encima que mi madre hace ese esfuerzo, luego le reclamen impuestos o intereses por haber pagado ese dinero.

Saludos y graias

#2

Re: Embargo judicial. Pagar deuda pendiente a un familiar, fiscalidad de ese pago

Por ese importe no creo que Hacienda se moleste en buscar las cosquillas a nadie. En todo caso, si las buscara, sería a tu hermano no a tu madre.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Embargo judicial. Pagar deuda pendiente a un familiar, fiscalidad de ese pago

Claro, pero si mi hermano cómo digo no tiene capacidad para afrontar esa deuda, Hacienda no es tonta y mirará de donde ha salido el dinero para abonar la deuda, y si mira las cuentas bancarias de sus familiares, sabrá que ha sido mi madre, digo yo.

Poro eso antes de que mi madre vaya al Santander a ingresar el dinero, queremos informarnos bien.

Por cierto, sabeis si el Santander cobra comisión por ingresar dinero en cuenta judicial?

#4

Re: Embargo judicial. Pagar deuda pendiente a un familiar, fiscalidad de ese pago

Que Hacienda sepa que el ingreso lo ha hecho tu madre no importa nada ya que el sujeto pasivo del impuesto por la donación sería tu hermano. Y de donde no hay no se puede sacar.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5

Re: Embargo judicial. Pagar deuda pendiente a un familiar, fiscalidad de ese pago

Coincido con Juan L en que por ese importe no creo que pase nada, aunque la AEAT investigue el origen del dinero, dudo mucho que pase la información a la CA, que es la que debería girar la donación, y si al final liquidan, si el deudor es insolvente, la deuda tributaria se quedará sin pagar.
Otra posibilidad es instrumentarlo como un préstamo, si tu hermano tuviera intención de devolverle el dinero en caso de que su situación remonte.

Un saludo

#6

Re: Embargo judicial. Pagar deuda pendiente a un familiar, fiscalidad de ese pago

Leyendo a Foxepain, me surge la duda sobre algo parecido: 
Mi hermano tiene un proceso judicial de un fondo buitre que ha comprado su deuda al banco. Estoy negociando  con ellos hace un año y por fin han aceptado cancelar la deuda. Mi hermano vendería el local y recuperaría mi dinero.
Me surgen varias dudas.
1-Si pago con mi dinero, aunque luego lo recupere, ¿hacienda dirá algo?
2-Puede engañarme de alguna manera el fondo a la hora de pagarle?
3-Los gasto de retirada del proceso judicial y registral lo asumen ellos?

Sé que estamos en unas fechas de fiestas pero quieren hacer la operación antes de finalizar el año..
Gracias por su respuesta.