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Impuesto donaciones Andalucia

4 respuestas
Impuesto donaciones Andalucia
Impuesto donaciones Andalucia
#1

Impuesto donaciones Andalucia

Saludos a tod@s.

Os expongo mi caso a ver si alguien me puede aclarar las dudas que tengo.

Tengo la oportunidad de que mis padres me den el dinero que me falta para pagar lo que me queda de hipoteca. Serian unos 51.000 €.
He estado buscando información en Internet sobre la forma de hacerlo de la manera más legal (y barata) posible y encuentro estas dos opciones:

A) Pagando el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Mi residencia habitual está en Andalucía (mis padres en Extremadura).En este caso sé que tendría que acudir a un notario para hacer la escritura pública, pero no tengo ni idea de cuanto tendría que pagar por el Impuesto. En la página de la Consejería de Economía de la Junta de Andalucía aparecen algunas tablas, pero no me entero de nada. ¿ Alguien sabría sobre cuánto más o menos tendría que pagar ?. Con ésta opción se paga el impuesto y Santas Pascuas.

B) Realizando un contrato de préstamo a interés 0%. Me ahorraría el pago del impuesto, pero tendría que estar realizando cada X meses algún "pago" a mis padres para que todo fuera legal.

¿ Que opción me recomendáis ?

Gracias y Saludos.

#2

Re: Impuesto donaciones Andalucia

Creo que sigue en vigor en la Comunidad de Andalucía, una reducción del 99% del importe donado, si se destina a la adquisición de la primera vivienda habitual del donatario (quien recibe la donación).

Si esta hipoteca que esperas cancelar corresponde a la adquisición de la primera vivienda habitual, entiendo que seria aplicable esta reducción, pregúntalo en la Junta de Andalucía.

En este caso el coste fiscal seria insignificante.

Si no es aplicable esta reducción el coste fiscal de los 51.000 euros esta en el orden de 5.000 euros.

Saludos

#3

Re: Impuesto donaciones Andalucia

Gracias por contestar. Efectivamente en la página de la Junta aparece esto:

" 2. Reducción autonómica del 99% de las cantidades donadas a descendientes para la adquisición de la primera vivienda habitual.

Base máxima de reducción:

120.000, para menores de 35 años
180.000, para personas con discapacidad, con un grado de minusvalía igual o superior al 33%."

Con esto está claro que tendría la bonificación.
Ahora se me plantea otra duda. En algunos foros aparece que no es necesaria la escritura pública, que bastaría con redactar un contrato y rellenar e ingresar la autoliquidación del impuesto. En otros sitios aparece que sí es necesaria para tener derecho a la deducción del 99%. ¿ Sabéis algo de esto ?

Gracias

#4

Re: Impuesto donaciones Andalucia

Entiendo que es necesaria la escritura publica, su coste no es muy alto.

Así todo llama a la Junta para confirmar todos los extremos.

Saludos

#5

Re: Impuesto donaciones Andalucia

Muchas gracias, así lo haré.

Un Saludo.