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Donación de 50 mil euros de padres a hijo en Cataluña, fiscalidad y explicación para hacerlo bien y legal

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Donación de 50 mil euros de padres a hijo en Cataluña, fiscalidad y explicación para hacerlo bien y legal
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Donación de 50 mil euros de padres a hijo en Cataluña, fiscalidad y explicación para hacerlo bien y legal
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Donación de 50 mil euros de padres a hijo en Cataluña, fiscalidad y explicación para hacerlo bien y legal

Hola a todos,

es posible que mis padres me donen, vamos me den, 50 mil euros de sus ahorros de toda la vida a mi. Es por eso que me estoy informando del tema. Residimos en Cataluña, por tanto las leyes de donaciones y sucesiones a aplicar serían las de aqui.

Según la web de la Generalitat sobre ese tema (está en castellano por si lo mirais) http://etributs.gencat.cat/es/guies/com_fer_una_donacio/donacio_de_diners/ hay una opción de que si te lo dan para vivienda habitual el porcentaje de reducción de lo que hay que pagar es mayor, pero claro ahí dicen hasta 36 años y por poco ya me paso. De hecho el darme el dinero seguramente sería para eso, para ayudarme en la compra de mi futuro piso, pero ya digo que por edad ese caso de mayor reducción, no se me aplicaría, he de hacer la donación normal con la reducción que pertoque.

Según veo en la web que os comento, los pasos son los siguientes, a hacer máximo un mes después de la donación:

1. Cumplimentar el modelo 651 de autoliquidación de donaciones, que se puede obtener a través de este web o adquirir en las oficinas tributarias. El formulario es http://etributs.gencat.cat/web/.content/documents/05_doc_models/arxius/651_es.pdf
2. Hacer el ingreso en cualquier entidad financiera colaboradora (se puede consultar la lista en la pàgina de Inicio).
3. Presentar la documentación (documento público o privado en que se otorga la donación) en las oficinas tributarias.

Antes de eso, nosotros queremos hacer la escritura pública de la donación, porque en la liquidación del impuesto se paga menos, yo me encargaría de pagar al notario.

Mis preguntas y dudas son, para los que sepais del tema y me podais ayudar:

- Respecto al paso previo de la escritura pública. Que es, reservar cita con un notario, ir yo y mis padres, y poner por escrito que mis padres me van a dar 50 mil euros? El notario lo apunta en un papel, pone su sello, cobra por la gestión y ese paso ya está hecho? Eso es la escritura publica?

- De que manera y cuando se pasa el dinero de ellos a mi? El mismo día que vayamos al notario, hago la transferencia? O mejor antes, y asi en el papel de notario quedará escrito de que cuenta a que cuenta se envía el dinero? De cualquier cuenta bancaria donde uno o los dos estén cómo titulares, a una donde esté yo titular? Yo tengo una cuenta naranja de ING hace muchos años sólo a mi nombre, único titular. Y a su vez, mi madre tiene una cuenta naranja de ING titular principal ella y cotitular yo, por tanto es cómo si tuviera yo dos cuentas naranja, pero ella es la titular principal de la otra cuenta. En La Caixa, yo tengo mi cuenta bancaria cómo único titular, y ellos dos más yo cómo autorizado, estamos en otra cuenta bancaria. Que hago una la transferencia normal desde ellos hacia mi no? Y luego que hago, imprimo un justificante de esa transferencia? Digo yo que de alguna manera a Hacienda se le ha de decir que oye, que ya me lo han dado los 50 mil euros, el dinero se pasó a cuenta a cuenta con este justificante.

- El dinero más que mis padres, lo haríamos cómo si me lo donara mi madre. Por tanto, veis que sea más fácil usar la cuenta de ING donde sólo está ella y yo, que no está mi padre, para que se transfiera el dinero a mi? O eso da igual.

- Respecto al paso 1, cumplimentar el modelo 651. Yo lo he descargado y la verdad es que me lío un poco, puede parecer fácil de rellenar, y eso que en la web de arriba os ponen ejemplos de cómo rellenarlo, pero prefiero que me ayuden. He visto que se puede reservar cita previa para que en las delegaciones de las oficinas tributarias te ayuden a rellenarlo, por tanto eso haría. Siempre teniendo en cuenta que tengo un mes para cumplimentar el 651 desde la fecha de la donación, vamos de la escritura pública.

- Respecto al paso 2. Entiendo que una vez hecho el modelo 651, que me ayudarían, saldría lo que he de pagar yo a Hacienda cómo donatario. Según el ejemplo de la web, siendo de padres a hijos y menos de 200 mil euros, "aplicando la tarifa de la escala del impuesto que corresponde a las donaciones documentadas en escritura pública" sería el 10 % creo. O sea que tendría que pagar yo a Hacienda 5000 euros, correcto? (vaya pastón...). Y ese dinero cómo lo ingreso, porque veo en el mismo modelo 651 que abajo aparece un lugar para poner la cuenta bancaria para hacer el ingreso a favor de Hacienda, de una de los bancos colaboradores. Yo voy a un banco con la copia que me den en la agencia tributaria del 651, ellos escriben ahí su cuenta bancaria, yo les doy 5000 euros en mano o les digo que me lo cojan de mi cuenta, y ya está?

- Respecto al paso 3. Que es, volver a ir a la agencia tributaria y con el certificado del banco conforme les he ingresado 5000 euros en la cuenta de Hacienda, acabar la tramitación de todo el papeleo?

Por cierto, tanto en la renta mía cómo la de mis padres del año que viene, cómo saldría esto? Entiendo que no tendríamos que poner nada ninguno, porque ya hemos hecho el trámite de la donación, legalizado con Hacienda y ellos ya saben que me han dado ese dinero y yo les he pagado el impuesto correspondiente. Es así?

Muchas gracias a todos.

#2

Re: Donación de 50 mil euros de padres a hijo en Cataluña, fiscalidad y explicación para hacerlo bien y legal

Reservar cita es justo eso, tus padres dicen al notario que te dan ese dinero y en el mismo acto tu lo aceptas y luego el firma y cobra. Un dato a considerar, si te dan 50 entre los dos te dan 25 cada uno, luego hay dos donaciones de cara a hacienda, no una.

Respecto a como hacerlo, hazlo a una cuenta que sólo estés tu como titular y que proceda de una cuenta que los dos sean titulares (supongo para decir esto que están en gananciales, que creo que vuestro Código Civil presume separación de bienes). Da igual donde venga el dinero, lo importante es que venga de una cuenta que sea de los dos.

Respecto a como pagar en modelo, ¿No te parece por ahí algo que ponga en efectivo? Porque generalmente eso se usa para cargos y domiciliaciones.

Correcto, el modelo 651 te lo devolverá el banco sellado (dos de los tres, uno se lo quedan ellos), luego te diligenciarán la escritura (te suelen poner una pegatina, la sellan y la firman) y se acabó.

Y efectivamente en la renta no hay nada, lo sujeto a una cosa no puede estar sujeto a otra; añadir que tampoco pueden deducirse tus padres por este "gasto" en su declaración.

#3

Re: Donación de 50 mil euros de padres a hijo en Cataluña, fiscalidad y explicación para hacerlo bien y legal

Como te ha dicho Kyrie, si el dinero viene de dos personas, son dos donaciones y dos modelos 651 a rellenar y presentar, te advierto que es mejor para ti puesto que la tarifa es progresiva.
Lo normal es que en la escritura se refleje el justificante de la donación (transferencia por ejemplo) hecha antes pero no mucho antes de la escritura no vayas a tener problemas de fecha de devengo, mejor que indicar que ya se dio el dinero sin concretarlo, puesto que puede que en la normativa autonómica se tenga que especificar el origen del dinero.

Un saludo

#4

Re: Donación de 50 mil euros de padres a hijo en Cataluña, fiscalidad y explicación para hacerlo bien y legal

Gracias por la respuesta. Vale, entonces si los dos me dan el dinero, dos modelos 651 donde cada uno me de 25 mil euros. Entonces tendré que pagar dos veces 2500 euros. Y en el notario en la escritura pública en el papel tendrá que aparecer que los dos me dan el dinero, 25 mil euros cada uno.

Lo que por temas de dinero líquido, donde más dinero tienen disponible ellos, porque el resto está en depósitos, es en ING donde cómo os decía mi madre tiene una cuenta de titular principal y yo estoy de cotitular. Sería mejor hacer sólo un 651 en el cual ella sola me da el dinero, y paso yo el dinero de su cuenta de ING a la mía de ING, o es mejor que ella transfiera 50 mil euros a la cuenta de La Caixa, donde si están los dos, para que entonces me lo pasen a mi? Lo digo por temas fiscales.

Supongo que todo eso, cómo ha dicho leopol72, es mejor hacerlo uno o dos días antes de la escritura pública, para que conste que ellos ya me han dado el dinero. Recomendais que en el papel de notario aparezca de que cuenta a que cuenta (y que titulares tienen) sale y entra el dinero?

Respecto a lo de cómo pagar el modelo, en el 651, si quieres lo puedes ver tú también dando clic al PDF que puse arriba, es la primera página, aparece al final de la hoja un apartado llamado Ingreso. Hace referencia a "Ingreso efectuado en entidad colaboradora, a favor del Tesoro de la Generalidad, cuenta restringida de recaudación de tributos de la Generalidad". Y se puede marcar Cargo en Cuenta o Efectivo. Entiendo que Cargo en Cuenta será escribir ahí la cuenta mía desde donde me cobraran los 5000 euros (o 2500 x 2) y Efectivo sería darles yo en mano el dinero. Lo cual sería una tontería porque justamente sacaría el dinero en mano de la cuenta desde donde me cobrarían el impuesto jeje, para eso que me lo cojan de la cuenta.

#5

Re: Donación de 50 mil euros de padres a hijo en Cataluña, fiscalidad y explicación para hacerlo bien y legal

Gracias por la respuesta. Sabes cual es la tarifa progresiva? En la web de la Generalitat, el link en castellano que puse arriba, sólo aparece:

-----------------------------------
- ¿Qué cantidad se tiene que pagar?

La cuota a ingresar depende de si la transmisión se ha formalizado en escritura pública o no, y del parentesco entre donante y donatario.

Si la donación se ha formalizado en escritura pública, y la persona donataria es ascendiente (padre, madre, abuelo, abuela), descendiente (hijo/a, nieto/a) o cónyuge del donante, al importe donado se aplica una tarifa especial reducida para este tipo de operaciones.

Si no se cumple cualquiera de los dos requisitos anteriores, se aplica la tarifa general.
-----------------------------------------------------------------------------------------

Y luego en los ejemplos de donaciones, pone que de padres a hijos y habiendo hecho escritura pública, lo cual sería mi caso, hasta 200.000 euros el 5 % y después pasa al 7 %.

Por cierto leyéndome a mi mismo, entonces pagaría "sólo" a Hacienda 2500 euros (o 1250 x 2), yo había calculado el 10 % pero se ve que es el 5 %. O eso creo porque realmente no lo se cuales son las tablas para calcular el pago.

#6

Re: Donación de 50 mil euros de padres a hijo en Cataluña, fiscalidad y explicación para hacerlo bien y legal

En la tarifa general, una donación de 25.000 euros, paga 2.142, un 8,56% de tipo medio, si son dos donaciones, total 4.284. Por una sola donación de 50.000, se pagan 4.701, un 9,89% de tipo medio. Ahí ves la progresividad.
La tabla está en la Ley del Impuesto (Ley 29/87)
Al 5%, si ese ese el reducido que se aplica en Cataluña, pagas en total 2.500

Un saludo

#7

Re: Donación de 50 mil euros de padres a hijo en Cataluña, fiscalidad y explicación para hacerlo bien y legal

Por temas fiscales es mejor donde estén los dos, porque en la otra puede haber un poco de lio dado que estáis los dos y donarte a ti mismo puede confundir, al margen de que si sólo ella es titutar el una donación de 50 y no dos de 25 y te van a crujir más.

En el justificante bancario de la transferencia que aportes ya aparecerá todo eso sin problemas.

Y la difernecia cargo en cuenta y efectivo, cargo en cuenta es que tu lo presentas en un banco en que tengas cuenta y te lo cargan en ella y en efectivo es que tu te acercas a cualquier banco, tengas cuenta o no en él, y lo pagas.

#8

Re: Donación de 50 mil euros de padres a hijo en Cataluña, fiscalidad y explicación para hacerlo bien y legal

Gracias, desde luego si que sale hacer dos donaciones que no una. Respecto al 5 % en cataluña reducido al ser de padres a hijos, yo es lo que leo en la web de la Generalitat, tampoco creas que lo se seguro, a ver si lo puedo averiguar, porque no es lo mismo pagar 4284 al 8,56 % cómo comentas que 2500 al 5 % desde luego.