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Deducibilidad gastos I+D en Impuesto de Sociedades

4 respuestas
Deducibilidad gastos I+D en Impuesto de Sociedades
Deducibilidad gastos I+D en Impuesto de Sociedades
#1

Deducibilidad gastos I+D en Impuesto de Sociedades

Buenos días:

En 2013 en mi empresa se inició un proyecto de investigación, el cual, a finales de año se abandonó por no obtener los resultados deseados. Como consecuencia de ese proyecto tuvimos unos gastos de un alquiler de una oficina y los sueldos de 2 personas contratadas para el efecto. Contablemente, sé que estos gastos no se deben activar ya que había dudas del éxito técnico del proyecto y por eso se han dejado como gastos del ejercicio en la cuenta de PyG, pero mi duda es, ¿se puede aplicar la deducción por I+D de esos gastos en el Impto. de Sociedades o sólo es posibles deducirlos si aparacen en el activo del balance?.

Muchas gracias

#2

Re: Deducibilidad gastos I+D en Impuesto de Sociedades

Que vayan a resultados o a balance, creo que es indiferente para aplicar la deducción por inversión en I+D+i.

De hecho, si fuesen activados, en algún momento deberían ir también a resultados vía amortización.

El literal del 35 del TRLIS dice "...gastos... incluidas las amortizaciones...". Por tanto, la norma prevé que la base de deducción inicialmente sean "gastos" (cuenta de resultados), incrementados por las correspondientes amortizaciones (depreciación de balance). No veo que sea obligatorio para nada pasar primero por la activación de dichos gastos.

La contabilización debe ser muy estricta y rigurosa, eso sí.

Las normas contables USA, por ejemplo, desaconsejan activar dichas inversiones por criterio de prudencia, ya que si bien generarán potencialmente ingresos futuros, su resultado es puramente incierto (balance inflado).

 

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Deducibilidad gastos I+D en Impuesto de Sociedades

Lo primero agradecer tu respuesta, la cual es muy clara, lo único a que te refieres con que la contabilización debe ser muy estricta?.

#4

Re: Deducibilidad gastos I+D en Impuesto de Sociedades

A todo.

No solo es que la naturaleza subjetiva del gasto sea indudable (por ejemplo el personal contratado, no es lo mismo 2 administrativos genéricos, que 2 ingenieros), sino que contablemente debe quedar asimismo muy claro que la empresa así lo ha considerado: centro de costes, subcuentas específicas,...

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Deducibilidad gastos I+D en Impuesto de Sociedades

ok muchas gracias por tu respuestas.