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Comercio minorista e IVA

2 respuestas
Comercio minorista e IVA
Comercio minorista e IVA
#1

Comercio minorista e IVA

Buenos días,

vamos a establecernos como empresa y queremos saber cómo va el tema del IVA en la venta al por menor. Nuestra actividad va a ser de fabricación pero también queremos vender al por menor envases de plástico para alimentos. Estos envases van a ser revendidos por nosotros debido a que hemos encontrado un buen proveedor cuyos precios son más bajos a los de la media en el mercado y nos sale más rentable que fabricarlos.

El problema es que me han comentado que deberíamos acogernos al régimen por recargo de equivalencia que (según he entendido) repercute en el cliente final pagando un precio mayor (IVA general 21% + IVA recargo 5%) y, además, no es recuperable para nosotros. De este modo, la ventaja que vamos a obtener en el precio se la van a llevar toda en impuestos, me explico con un ejemplo y corregidme si me equivoco:

- Proveedor me vende a 1 € la botella, iva incluido. De este IVA perdemos 5 céntimos por recargo de equivalencia al 5% que nos practica el proveedor y es ya irrecuperable para nosotros.

- Nosotros vendemos esa botella para poder ser competitivos a 1,5 € la botella, iva incluido. Sin embargo, 0,32 € se van a ir para el IVA general (21%) y 0,08 € para el de recargo de equivalencia, sumando un total de 40 céntimos de los 50 céntimos que se supone son de beneficios.

Os agradecería enormemente cualquier orientación al respecto porque andamos un poco liados y no sabemos si nos saldría rentable realmente con tanto impuesto.

Gracias y saludos.

#2

Re: Comercio minorista e IVA

El recargo de equivalencia es beneficioso económicamente, cuando el porcentaje de beneficio en la venta con respeto a la compra es superior al 25%.

El IVA general es del 21% y el IVA de equivalencia es del 5,20% ponemos un ejemplo:

Coste de compra Base Imponible de 100 euros y quieres comercializarlo con el 50% , donde incluyes IVA:

Coste compra 100 + 21 = 121 + 5,20 = 126.20 es lo que pagarías por el producto

Venderías con IVA incluido por 150 euros.

Beneficio obtenido 150 - 126.20 = 23,80 euros

No tendrías que hacer declaraciones de IVA ni llevar Libro de IVA soportado y repercutido.

Declararías las compras por 126.20 y las ventas por 150, en Actividad Económica Directa Simplificada.

Pasamos el mismo ejemplo a Régimen General :

Comprarías NETO....100 IVA 21 (Soportado) .. coste 121
Venderías NETO.... 124 IVA 26 (Repercutido)..coste 150
Declaras el IVA... Repercutido 26 menos Soportado 21 , a tributar declaración 5 euros
Beneficio= 124 - 100 = 124 menos liquidación IVA de 5 = 19 euros.

Tendrías que presentar liquidaciones de IVA llevar Libro Registro de IVA y declarar como compras 100 y como ventas 124 (Los Netos)

Saludos

#3

Re: Comercio minorista e IVA

Muchísimas gracias, una respuesta perfectamente clara y detallada. Ahora ya sí podemos hacernos una idea real.

Gracias y saludos!