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Datos fiscales: Regularización mediante declaración complementaria

11 respuestas
Datos fiscales: Regularización mediante declaración complementaria
Datos fiscales: Regularización mediante declaración complementaria
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#1

Datos fiscales: Regularización mediante declaración complementaria

Buenas noches,
Estoy revisando el borrador de mi padre, y revisando sus datos fiscales llego al siguiente apartado:
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Tal como dice al final; "La regularización de los atrasos se realizará mediante declaración complementaria, sin procede, del ejercicio al que son imputables".

¿Debería presentar una declaración complementaria?
O preguntándolo de otro modo, ¿una declaración complementaria se puede incluir dentro de la declaración anual, o son modelos distintos?
Si no incluyo los datos de la complementaria en el modelo 100, ¿se podría presentar igualmente la complementaria?

Gracias.

#2

Re: Datos fiscales: Regularización mediante declaración complementaria

Has de prestar dos declaraciones:

Una por este año normalmente.

Otra complementaria del año al cual correspondan esos atrasos esa pensión, es decir, creo que te tendrás que bajar el programa PADRE de otro año y presentar una complementaria.

Un saludo.

#3

Re: Datos fiscales: Regularización mediante declaración complementaria

Gracias Kyrie
Entonces por un lado puedo confirmar el borrador y por otro lado presento una complementaria.

Esa mensualidad de pensión, como puedes ver en la imagen, es de diciembre de 2012, pero no apareció en los datos fiscales del año anterior y aparece ahora en los datos fiscales de 2013.
¿Tengo que utilizar el programa padre 2012?
Sería el de este enlace;
http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/renta2012/padre.shtml

Gracias.

#4

Re: Datos fiscales: Regularización mediante declaración complementaria

Efectivamente, tendrías que usar una complementaria del PADRE del 2012, lo que nunca he tenido que usar dicha opción; en principio tendrías que abonar la diferencia (y a lo mejor un recargo exteporaneo), ¿Por que no las declaraste el año pasado, no?

#5

Re: Datos fiscales: Regularización mediante declaración complementaria

Sin recargos, sólo faltaría que encima de que te pagan un atraso de un año anterior, acabaras pagando un recargo a Hacienda

Copio y pego de la AEAT:

Deberá presentarse autoliquidación complementaria entre otros supuestos, cuando, por circunstancias justificadas no imputables al contribuyente, los rendimientos derivados del trabajo se perciban en períodos impositivos distintos a aquéllos en que fueron exigibles. Dichas cantidades deberán imputarse a los períodos impositivos en que fueron exigibles, practicándose, en su caso, la correspondiente autoliquidación complementaria.

Dicha autoliquidación complementaria, que no comportará sanción ni intereses de demora ni recargo alguno, se presentará en el plazo que media entre la fecha en que se perciban los atrasos y el final del plazo inmediato siguiente de declaraciones por el IRPF.

Un saludo

#6

Re: Datos fiscales: Regularización mediante declaración complementaria

Gracias por la aclaración, me lo suponía que sería así pero yo siempre, por si acaso, me pongo en lo peor.

#7

Re: Datos fiscales: Regularización mediante declaración complementaria

Hola Kyrie
No se declaró ese importe en el 2012 simplemente porque no se cobró hasta 2013, y claro no aparecen esos ingresos en los datos fiscales de 2012, sino en los del 2013, como ves en la foto.

Ese decir, mi padre empezó a cobrar su jubilación a partir de diciembre de 2012, pero no le hicieron el primer pago hasta enero de 2013, o sea, le pagaron el atraso de diciembre en enero.
Un saludo.

#8

Re: Datos fiscales: Regularización mediante declaración complementaria

Pues sí, efectivamente tienes que presentar una complementaria del 2012 tal y como te he dicho y, como ha indicado Leopol72, no lleva recargo afortunadamente.