Fiscalidad derrama por fallecimiento
Nuestra madre falleció, siendo farmacéutica cooperativista de un grupo de distribución.
El fallecimiento devenga, a favor de los herederos, una derrama de todos los cooperativistas. La cuantía esperada es de unos 25.000€, a abonar por transferencia aproximadamente un año después de la muerte.
Al no ser un seguro de vida, no hay que meterlo en Sucesiones, tenemos entendido. Además, no podríamos meterlo pues desconocemos la cuantía exacta.
La duda es, si lo cobramos en 2014, ¿hemos de meterlo en renta de ese año? ¿o puede considerarse como los "regalos de boda", es decir, un conjunto de mini-donaciones / regalos que no tributan?
Gracias