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Fiscalidad derrama por fallecimiento

2 respuestas
Fiscalidad derrama por fallecimiento
Fiscalidad derrama por fallecimiento
#1

Fiscalidad derrama por fallecimiento

Nuestra madre falleció, siendo farmacéutica cooperativista de un grupo de distribución.

El fallecimiento devenga, a favor de los herederos, una derrama de todos los cooperativistas. La cuantía esperada es de unos 25.000€, a abonar por transferencia aproximadamente un año después de la muerte.

Al no ser un seguro de vida, no hay que meterlo en Sucesiones, tenemos entendido. Además, no podríamos meterlo pues desconocemos la cuantía exacta.

La duda es, si lo cobramos en 2014, ¿hemos de meterlo en renta de ese año? ¿o puede considerarse como los "regalos de boda", es decir, un conjunto de mini-donaciones / regalos que no tributan?

Gracias

#2

Re: Fiscalidad derrama por fallecimiento

Bajo mi punto de vista, estás hablando de una participación social de tu madre en una cooperativa. Por tanto se debe de declarar en el Impuesto de Sucesiones.

Saludos.

#3

Re: Fiscalidad derrama por fallecimiento

Hay que declarar en sucesiones el valor de esa participación en la cooperativa, en este caso la indemnización prevista, es como si fuera socia de una empresa, hay que valorar esa participación, la cooperativa tiene que darle una especie de certificado

Un saludo