Para poder aplicar las deducciones por ascendientes, estos no pueden tener rentas superiores a los 8.000 euros , en caso contrario la puedes incluir como ascendiente para deducirla de tu IRPF
Si tu cónyuge tiene rentas y presenta declaración , la deducción por ascendiente se computa al 50% en cada cónyuge , así como tu hija , si tampoco tiene rentas superiores a los 8.000 euros.
Si solo tu, tienes rentas a declarar , podrás presentar la declaración en Modalidad de Conjunta que es mas favorable. El Programa PADRE que estará a disposición desde el próximo día 10 en la Pagina de la AEAT , te confecciona las DOS Individuales y la Conjunta, para que puedas elegirla modalidad mas beneficiosa.
Saludos