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Imputación de rentas

8 respuestas
Imputación de rentas
Imputación de rentas
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#1

Imputación de rentas

Buenas, mi pregunta va para Empty:
Aparte de la vivienda habitual tengo una 2ª sin alquilar ni nada. El caso es que nunca lo he metido en la declaración. El valor catastral del inmueble es de 40000 y el valor esta revisado, con lo que me saldría entonces una renta imputada de 440 euros. Solo tengo unos 12000 euros de rendimientos del trabajo de un solo pagador y no tengo mas historias, entonces:
-1ª pregunta. Tengo la obligación de presentar la declaración?
-2ª pregunta. Si resulta que no tengo la obligacion, aun asi debo corregir el borrador incluyendo las rentas imputadas aunque no la presente? Vamos, por el simple hecho de informar a la AEAT..?

Muchas gracias como siempre ;)

#2

Re: Imputación de rentas

Suplanto a Empty con tu permiso.

No estás obligado a presentar declaración. Si vas a presentar borrador o declaración porque te interese entonces sí debes de incluir las rentas imputadas, en otro caso no tienes que hacer nada al respecto.

Saludos.

#3

Re: Imputación de rentas

Como te ha comentado al.rodrigo, obligado no estás al ser las rentas inmobiliarias imputadas inferiores a 1.000 euros.

Y no obstante, realiza la declaración por si el resultado fuese a devolver.

Saludos.

#4

Re: Imputación de rentas

A la espera de cuando me llegue el borrador, me tocaría ingresar unos 40 euros a lo que habria que sumar la imputacion de rentas, que me saldria por unos 110 euros o asi en mi contra. Con lo cual no la presento, ni hace falta que informe de que les falta en el borrador los datos de la 2ª vivienda? Vamos para aclararme, si ellos al enviarme el borrador no me incluyen esta 2ª vivienda y no tengo la obligacion de presentarla, no tengo que hacer nada, ni informarles de que no me ha la han incluido?
Os estoy liando bastante jeje. Gracias!!

#5

Re: Imputación de rentas

Ellos te envían el borrador. Lo que puedes hacer, es MODIFICAR ese borrador con los datos que faltan. Cada vez que modificas un borrador en la página web de la Agencia Tributaria, el sistema informático te genera otro borrador. Si con el borrador generado, compruebas que te da un resultado A PAGAR, no debes hacer nada más porque no estás obligado a la presentación del IRPF. Si con el borrador generado, te da un resultado A DEVOLVER, lo que debes de hacer entonces es CONFIRMAR BORRADOR. En ese caso, equivale a que has presentado la declaración y que te van a devolver el resultado.

Pero que te quede claro que, si no estás obligado a la presentación, tampoco estás obligado a la modificación ni a comunicar nada.

Saludos.

#6

Re: Imputación de rentas

Eso es a lo que me referia, la obligacion de modificar los datos.
Muchas gracias a los 2!!

#7

Re: Imputación de rentas

Una cosa que se olvidaba, el tema este de que solo te pueden exigir los 4 ultimos años..una vez que pase el periodo de hacer la declaración de este año ya solo me podrian exigir los otros 3 ejercicios anteriores a este en los que no meti estas imputaciones no? o como va el tema...

#8

Re: Imputación de rentas

Ahora mismo, te podrían reclamar por 2008, 2009, 2010 y 2011. El día 02.07.13, te podrán reclamar por los años 2009, 2010, 2011 y 2012. Y así sucesivamente.

Saludos.