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He alquilado mi piso y vivo ahora en el extranjero

8 respuestas
He alquilado mi piso y vivo ahora en el extranjero
He alquilado mi piso y vivo ahora en el extranjero
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Re: He alquilado mi piso en Barcelona y vivo ahora en el inglaterra

no hay mínimo exento para no declarar el IRNR por alquileres.

Si el rendimiento es positivo, hay que declararlo trimestralmente en los 20 días siguientes a acabar el trimestre. Como prescribe a los 4 años, ahora mismo estaría prescrito el año 2012 y el 2013 y el trimestre 1 de 2014, en unos días estaría el 2T, de las fechas que citas. Por el resto, si presentas declaraciones, te impondrían el recargo correspondiente e intereses, salvo este último trimestre;si te hace un requerimiento Hacienda, tendrías multa seguramente.

Sobre cómo ha ido cambiando la posibilidad de restar gastos y el tipo aplicable, consulta la información que proporciona la propia Agencia Tributaria:

https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Campanas/_Campanas_/Fiscalidad_de_no_residentes/_Impuesto_sobre_la_Renta_de_no_residentes_/Sin_establecimiento_permanente/_INFORMACION/Informacion_General/Cuestiones_sobre_bienes_inmuebles/Tributacion_de_los_inmuebles_urbanos_propiedad_de_no_residentes_personas_fisicas.shtml