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Duda Renta 2011 FOGASA rendimientos del trabajo

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Duda Renta 2011 FOGASA rendimientos del trabajo
Duda Renta 2011 FOGASA rendimientos del trabajo
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Re: Duda Renta 2011 FOGASA rendimientos del trabajo

Hola buenos días, quisiera que me explicaran una duda que tengo sobre hacer la Declaración de la Renta con un pago del Fogasa. Resulta que como a tanta gente la empresa de mi marido ha presentado Concurso de Acreedores y ha mandado a todos los trabajadores al Fogasa, he estado leyendo en este foro que si la cuantía es inferior a lo que está establecido en el Estatuto de los TRabajadores no hay que declararlo siempre que sea el dinero por indennización y no por trabajo realizado. Si ha mi marido le han dado una última nómina donde le ponen que va a cobrar 7.100 € aproximadamente, y que de esos 1.000 € corresponden a el último mes trabajado y el resto es por indennización por despido... y según el Estatuto de Trabajadores que dice:
•SALARIOS:
1.AÑO 2013: Tope salarial duplo SMI: 50,09€ y b) Limite 120 días: 6.010,80€ (50,09€ x 120 días)
2.AÑO 2012: A) Hasta el 14 de julio de 2012 (LIMITES AÑO 2012); a) Tope salarial triplo SMI: 74,68€ y b) Limite 150 días: 11.202€ (74,68€ x 150 días); B) Desde el 15 de julio de 2012 (LIMITES AÑO 2012); a) Tope salarial duplo SMI: 49,79€ y b) Limite 120 días: 5.974,80€ (49,79€ x 120 días).
•INDEMNIZACIONES:
1.AÑO 2013: Tope salarial duplo SMI: 50,09€ ; b) Limite anualidad: 18.282,85€ (50,09€ x 365 días); c) limite 40%-8 días 7.313,14€
2.AÑO 2012: A) Hasta el 14 de julio de 2012 (LIMITES AÑO 2012); a) Tope salarial triplo SMI: 74,68€; b) Limite anualidad: 27.258,20€ (74,68€ x 365 días); c) limite 40%-8 días 10.903,28€: B) Desde el 14 de julio de 2012 (LIMITES AÑO 2012); a) Tope salarial duplo SMI: 49,79€; b) Limite anualidad: 18.173,35€ (49,79€ x 365 días); c) limite 8 días 7.269,34€.
mi pregunta es la siguiente ¿¿¿Tendría mi marido que declarar a hacienda esto que ha cobrado, que en teoría no va a cobrar integro peusto que el Fogasa no le va a dar el 100%, le da un 25% menos aproximadamente...???, y si tiene que declararlo, ¿¿como lo haría, es decir si una parte es por indennización y otra por trabajo, y la nómina que le han dado es superior a lo que realmente va a cobrar...?? Muhcas gracias y perdonen que mi exposición haya sido tan larga.