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¿Hay retenciones mensuales en una pensión mínima de la seguridad social?

3 respuestas
¿Hay retenciones mensuales en una pensión mínima de la seguridad social?
¿Hay retenciones mensuales en una pensión mínima de la seguridad social?
#1

¿Hay retenciones mensuales en una pensión mínima de la seguridad social?

Necesito aclararme. Voy a jubilarme dentro de poco tiempo, según ésta página

http://www.seg-social.es/Internet_1/Pensionistas/Revalorizacion/Cuantiasminimas2007/index.htm?ID=30434#30436

la cantidad de mi pensión (mínima) serán unos 763,60 euros mensuales.

¿Es ésta la cantidad que percibirá mi cuenta bancaria mensualmente? ¿O llegará con X% de retenciones restadas que tengo que recuperar anualmente al hacer declaración de la renta en negativa?

gracias.

#2

Re: ¿Hay retenciones mensuales en una pensión mínima de la seguridad social?

Según comentas, tu pensión será aproximadamente de 10.690 euros anuales. No superas el "límite cuantitativo excluyente" que establece el artículo 81 del Reglamento del Impuesto Renta Personas Físicas.

Por lo tanto, no te deberían practicar ninguna retención.

Saludos.

#3

Re: ¿Hay retenciones mensuales en una pensión mínima de la seguridad social?

Gracias, y si no tengo que reclamar ninguna devolución ajena a esto, ¿no tengo que preocuparme de rellenar el impreso anual IRPF entonces?

#4

Re: ¿Hay retenciones mensuales en una pensión mínima de la seguridad social?

Pienso que la declaración de IRPF, debes de hacerla de todos modos. Ten en cuenta que si por ejemplo, tienes intereses en cuentas o depósitos, te van a practicar retención, que puede que te tengan que devolver. Tienes que tener en cuenta además que la declaración de IRPF, debes de declarar, no solamente lo que cobras de tu pensión, sino todas tus rentas.

Por lo tanto lo mejor es hacer la declaración de IRPF. Si ésta da como resultado A DEVOLVER, se presenta. En el caso de que el resultado sea A PAGAR, primero se comprueba que se tiene obligación de presentar. Si no se tiene obligación, no se presenta. Y si se tiene obligación, pues no queda más remedio que pagar.

Pero como bien dices en tu comentario: si no se te retiene ninguna cantidad, no te pueden hacer ninguna devolución.

Saludos.