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¡ Socorro ! El Tribunal Supremo dice que tienen razón !!!!

14 respuestas
¡ Socorro ! El Tribunal Supremo dice que tienen razón !!!!
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#1

¡ Socorro ! El Tribunal Supremo dice que tienen razón !!!!

Salud, pitufines.

04-07-2006 19:19:22

El Supremo rechaza que una caja subordine la concesión de crédito hipotecario a suscribir un seguro con la entidad

MADRID, 4 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo ha desestimado los recursos de casación interpuestos por el Abogado del Estado y por Caja Madrid contra una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de septiembre de 2003, que anulaba una resolución del Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) y acordaba la incoación de un expediente a la entidad al apreciar indicios de prácticas anticompetitivas por subordinar la concesión de un préstamo hipotecario a la suscripción de una póliza de seguro de vida o amortización de crédito con una firma perteneciente a la misma entidad.

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal deja claro que la lectura de la sentencia recurrida "desautoriza" la afirmación efectuada por la entidad recurrente de que la Sala de instancia no fundamenta de forma precisa en qué se basa para considerar procedente la apertura de un expediente sancionador para depurar las conductas presuntamente infractoras del Derecho de la Competencia.

La sentencia, con fecha de 20 de junio y a la que tuvo acceso Europa Press, considera que la asociación denunciante (Ausbanc) está legitimada como actora en el proceso, al tener como objeto, según sus estatutos, la defensa de los derechos e intereses legítimos de los usuarios de servicios prestados por las entidades de crédito y las compañías aseguradoras. El efecto práctico de esta sentencia es que el Servicio de Defensa de la Competencia reabrirá el expediente para practicar cuantas diligencias estime oportunas, según indicaron a Europa Press en fuentes del proceso.

Las mismas fuentes explicaron que se trata de una resolución formal que no entra en el fondo del asunto, que obliga al SDC a reabrir un expediente que había archivado al estimar que Caja Madrid no incurría en prácticas contrarias a las normas sobre competencia.

El procedimiento se inició en el año 2000 ante el SDC, que lo archivó por entender que no era materia de competencia, archivo que fue confirmado por el TDC.

La Audiencia Nacional estimaba en su sentencia que con la práctica de subordinar la concesión de un préstamo hipotecario a la suscripción de una póliza de seguro de vida o de amortización de crédito se privaba al usuario de elegir la compañía con la que contratar la póliza de seguro y de utilizar, en el supuesto de ejercitar la garantía hipotecaria, otras vías distintas de las del reclamo a la compañía de seguros del mismo grupo "que, sin prejuzgar la resolución de fondo, podría subsumirse en las conductas tipificadas de infracción en la Ley de Defensa de la Competencia".

Por ello revocó la resolución en el sentido de que el SDC tenía que incoar el expediente sin prejuzgar el fondo, resolución que, a su vez, fue recurrida por Caja Madrid y el Abogado del Estado.

#2

Re: ¡ Socorro ! El Tribunal Supremo dice que tienen razón !!!!

Esto le pasa a Cajamadrid por no poner publicidad en las revistas de Ausbanc.
La próxima vez procurarán tener más cuidado y seguir los ejemplos de don Emilio (Botin) y don Francisco (González), que ya pueden seguir abusando del pequeño ahorrador, pues pagan la correspondiente "mordida" en forma de publicidad y convenios y así se ahorran la persecución de don Luis (Pineda).

#3

¡ Socorro Bacalo, que nos quieren cerrar el RAI !

Y sobre todo, Bacalo, ¡ a los de la filatelia que con su pan se lo coman, eh, que no se vayan a apuntar a Ausbanc que esos mira como se las gastan !

Economía/Finanzas.- El TDC declara ilegal el Registro de Aceptaciones Impagadas (RAI), según Ausbanc.

MADRID, 15 (EUROPA PRESS)

15 de febrero de 2005, 19:40


El Registro de Aceptaciones Impagadas (RAI) ha sido declarado ilegal por el Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) por ser una práctica restrictiva de la competencia, por lo que deberá cesar de sus actividades en un plazo de 15 días, según anunció hoy la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc).

Ausbanc Consumo había denunciado en el mes de junio de 1991 al Consejo Superior Bancario (CSB), entonces responsable del RAI, al entender que el funcionamiento del mismo colisionaba con las prácticas de una leal y sana competencia por tratarse de un registro que supone la concertación entre las distintas entidades de crédito para transmitirse entre sí informaciones sobre clientes que inciden en las condiciones comerciales o de servicio.

El RAI es un registro sectorial de solvencia patrimonial y crédito, cuyo objeto es intercambiar datos entre las entidades participantes, sin que terceras personas físicas o jurídicas tengan la posibilidad de acceder a ellos. Además, Ausbanc señala que los datos de los incumplimientos no los aportan los acreedores, de forma que la participación de los afectados decae hasta convertirse en "meros sujetos pasivos" sin que se pueda cumplir el deber específico de notificación.

La asociación recuerda que la norma dice que los datos de carácter personal serán exactos y puestos al día de manera que respondan con veracidad a la situación actual del afectado, por lo que indica que el RAI no puede cumplir esta condición en aquellos supuestos en los que la falta de pago de un efecto cambiario se atiende fuera del circuito bancario, debido a que el dato del incumplimiento no fue facilitado por el acreedor y el deudor no ha sido notificado de su inscripción en el registro.

La inclusión de una persona en un Registro de Morosos, sostiene Ausbanc Consumo, significa su "muerte civil", ya que le impide acceder a créditos para financiar sus proyectos.

HISTORIA DEL CASO.

El caso comenzó en el año 1991 por una denuncia de Ausbanc contra el Consejo Superior Bancario (CSB), encargado del RAI. El expediente, inicialmente rechazado, fue finalmente tramitado por el TDC, que terminó declarando que este registro era ilegal por ser contrario a la Ley de Defensa de la Competencia desde la promulgación de esta norma, aunque se autorizó su funcionamiento por cinco años, siempre y cuando cumpliera unos requisitos que le fueron impuestos.

Más tarde, se extinguió el CSB y fue sucedido por la Asociación Española de Banca (AEB), nueva encargada del RAI, y actualmente es gestionado por el CCI.

Ausbanc explica que vencidos los cinco años y al pedirse la renovación de la autorización del RAI, se abrió nuevo expediente en el que el TDC consideró que no se cumplían los requisitos que le habían sido exigidos, por lo que le prorrogó la autorización solo por seis meses a fin de que presentara una nueva solicitud cumpliendo los requisitos.

A raíz de ello, se inicia un nuevo expediente en el que Ausbanc, como parte interesada, ha solicitado reiteradamente que se declare la imposibilidad de que RAI cumpla la legalidad, el cual fue resuelto el pasado 8 de febrero, declarando ilegal el RAI con la solicitud a sus gestores, el CCI, para que cese sus actividades en quince días.





#4

¡ Auxilio ! BBVA condenado a devolver cuotas de multipropiedad

Montenegros, inocencios, bacalos, falafeles y demás replicantes ¡ haced algo !

Condenan a BBVA y Blue Milenium a devolver el dinero por fraude de multipropiedad

mallorcadiario.com

miércoles, 05 julio 2006

PALMA.- La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Palma ha confirmado una condena a las empresas BBVA y Blue Millenium según la cual deberán devolver entre 130.000 a 150.000 euros a nueve familias de Baleares por la estafa de la multipropiedad sobre unos apartamentos en Andorra.

La Audiencia confirma íntegramente una sentencia del juzgado de primera instancia número nueve de Palma, con lo que da por zanjado este conflicto, que arrancó hace seis años, cuando estas familias suscribieron un contrato con la errónea convicción de que les vendieron una supuesta semana en Andorra.

Así lo ha explicado el delegado de la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (AUSBANC-Consumo), Carlos Hernández, que ejerció la defensa de los afectados asegurando que cerca de quinientas familias más de Mallorca pueden estar afectadas por este fraude, que ascendería a lo seis millones de euros.

MISMO SISTEMA DE 'OPENING'

Según Hernández, se trata de una estafa "amparada en contratos, pero delictivas", que la empresa no cumple y, en cambio, obliga al cliente a seguir pagando a través del préstamo que éste ha realizado con un banco, en este caso BBVA, en lo que ha definido como una "extorsión" convencional, sólo que perpetrada por entidades de reconocido prestigio.

El delegado de AUSBANC-Consumo ha recordado que el sistema es el mismo que se empleaba en 'Opening' para comprometer a los clientes en el pago de unas cuotas, sólo que las deudas que se asumían con BBVA eran diez veces superiores, situándose entre los 1.200 euros y los 1.800 euros.

Los clientes de Blue Millenium creían adquirir el derecho a disfrutar de una vivienda en una zona vacacional previamente escogida durante un determinado período, pero, en realidad, "se encontraban con que su destino siempre estaba ocupado", con lo cual, frecuentemente acabaron pasando las vacaciones en Son Anthem, "a cinco kilómetros de sus casas y además pagando", según ha recogido Europa Press.

El caso de todos los matrimonios de las Islas afectados es similar en casi todas las demandas. Reciben una carta en su domicilio de Blue Millenium en el que se les felicitaba por resultar ganadores de un regalo de valor considerable que únicamente debían acudir a la sucursal de la empresa en la calle Aragón a recoger el regalo.

Una vez allí, el matrimonio acaba suscribiendo un contrato de compraventa de derechos de aprovechamiento de un apartamento a alegeir en centenares de establecimientos en todo el mundo y bajo promesa de recompra en 30 días si deseaban abandonarlo. Las parejas firmaban y disfrutaban de la estancia gratuita, aunque el viaje prometido no correspondían con el acuerdo suscrito (no incluía comidas y el apartamento era distinto).

Al regresar y querer anular el contrato, pero se encuentran que las oficinas de Blue Millenium en Palma ya estaban cerradas, con una ubicación ahora en otro lugar de España (como Barcelona), donde no conseguían resultados a pesar de la infinidad de llamadas, al tiempo que BBVA les cargaba las cuotas mensuales del préstamo personal suscrito.

#5

Re: ¡ Auxilio ! BBVA condenado a devolver cuotas de multipropiedad

Veo una euforia desmedida en el grupo empresarial Ausbanc.
Indicio de que algo han trincado: unos cursitos de verano pagados por la Comunidad de Madrid a 1000 euros la hora, u otra subvención para su agencia de colocación o para editar algunos folletitos que luego acaban siendo repartidos gratis en los centros de salud, o a lo mejor hasta doña Teresa ha sido recolocada por doña Esperanza en la Comunidad de Madrid, o a lo mejor un "convenio" con Cajamadrid u otra entidad de las que está siendo acosada y perseguida, y que finalmente ha decidido doblegarse...
O a lo mejor simplemente son francófonos y les alegra mucho la clasificación de nuestros vecinos del norte para la final del Mundial de Fútbol.

#6

Re: ¡ Auxilio ! BBVA condenado a devolver cuotas de multipropiedad

No sé que dirá ese "grupo" del que Vd. habla. De mi le puedo decir que como los franceses nos ganaron, yo prefiero que ganen ellos, así quedamos segundos.

Saludos desde Rankia.

#8

El Tribunal Supremo condena a BBVA Multipropiedad

Banca - BBVA
El Supremo condena a BBVA por un crédito para multipropiedad

Cinco Días / MADRID (17-10-2007) Publicado en: Edición Impresa - Empresas

El Tribunal Supremo ha condenado a BBVA por su corresponsabilidad en la concesión de un crédito para la compra de una vivienda en régimen de multipropiedad. La empresa que vendió al cliente el uso compartido de un apartamento no aceptó la rescisión del contrato por parte del particular, realizada en tiempo y forma. Tras declararse en quiebra esta promotora el Supremo ha obligado al banco a restituir el importe abonado.

Esta sentencia sienta un precedente, pues reconce la responsabilidad compartida de las entidades financieras, en la concesión de créditos con esta finalidad. El Alto Tribunal ha considerado clave que el préstamo concedido por BBVA se contratase en el momento de firmar el acuerdo de multipropiedad, según informó ayer la Unión de Consumidores de España (UCE).

El fallo de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, emitido el pasado 2 de octubre, rechaza el recurso de casación presentado por BBVA a raíz de una sentencia previa de la Audiencia Provincial de Albacete. Ésta resolución reconocía el derecho del consumidor a rescindir un crédito al consumo vinculado para el uso de un apartamento en régimen de multipropiedad.

La denuncia, presentada en primera instancia por UCE, reclamaba la resolución del contrato de cesión de uso de una vivienda, financiado por BBVA, tras la quiebra de la empresa vendedora.

El contrato se encontraba vinculado a la financiación a través de un crédito que previamente concertado con la entidad vendedora -en condiciones, tipo de interés, cuotas y otra condiciones-.

El caso, según explican fuentes de UCE, es similar al caso de las academias de inglés Opening, en el que los clientes quedaron obligados a pagar las cuotas de un crédito, a pesar de no estar recibiendo servicio alguno

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